El pasado 28 de abril la Comunidad de Madrid ha hecho públicos los requisitos necesarios para poder solicitar las becas de bachillerato del curso 2025/2026 a través del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). Estas ayudas están destinadas concretamente a alumnos y alumnas que cursen bachillerato del sistema educativo español en centros privados autorizados por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. Antes de publicar la apertura de la convocatoria, el Gobierno regional ha hecho públicos los requisitos y condiciones para este año, incluyendo algunas novedades.
Requisitos para solicitar la beca de bachillerato de la Comunidad de Madrid
Los futuros beneficiarios de estas becas tendrán que cumplir una serie de requisitos antes de solicitarlas. Estos serán, principalmente:
- Estar matriculado o tener reservada una plaza para el curso completo en cualquiera de los cursos de bachillerato y en cualquier modalidad en un centro privado.
- No ser un alumno repetidor del curso para el que se solicita la beca.
- No superar el límite de renta per cápita familiar que se determine en la convocatoria.
- Estos requisitos deberán mantenerse a lo largo de todo el curso escolar de la propia convocatoria.
Para calcular el nivel de renta familiar se tendrá en cuenta la unidad familiar. A efectos de la próxima convocatorias de estas becas, se entenderá que la unidad familiar estará formada por el alumno, los progenitores (o tutores o acogedores, según el caso), los hijos menores no emancipados o los mayores de 25 años incapacitados judicialmente y que convivan con el alumno solicitante. La renta per cápita familiar se calculará dividiendo los ingresos totales de la unidad familiar entre el número de miembros computables de la unidad familiar.
Plazos y documentación a presentar
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, empezando a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOCM de la convocatoria para el curso 2025/2026, que se prevé que sea anunciada en breves. Una vez finalice la instrucción del procedimiento, se elaborarán las listas en las que figuren las solicitudes presentadas y las que han sido excluidas, anotando el motivo de la exclusión. Figurar como presentado no significa que se haya concedido la beca, tan solo que la solicitud cumple con los requisitos y que será tenida en cuenta a la hora de otorgar las diferentes becas.
La documentación a presentar junto con la solicitud será aquella que justifique o que pruebe que los datos aportados en esta son reales y verificables. Por lo tanto, junto con la solicitud se presentará una copia de, entre otros documentos:
- El DNI en caso se manifieste oposición expresa a la consulta de datos.
- El certificado expedido por el Registro Civil acreditativo de la filiación del alumno solicitante y de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento.
- El certificado de defunción en caso de fallecimiento de uno de los progenitores.
- La autorización expresa del interesado para que la autoridad competente recabe información para determinar los ingresos familiares.
- El certificado de discapacidad, en el caso que fuese necesario.
- La orden de protección en vigor en caso de que algún miembro de la unidad familiar tenga la condición de víctima de género.
- El certificado de matriculación o reserva de plaza en cualquiera de los dos cursos de bachillerato del sistema educativo español en un centro autorizado.
Además, este año tendrá como novedad que la nota media del curso anterior será tenida en cuenta para la otorgación de la beca, por lo que también será necesario presentar el documento acreditativo de la nota final del último curso realizado. Según cada caso concreto, será necesario presentar la documentación acorde. Si cumples los requisitos técnicos de esta disposición y crees que puedes optar a esta beca, comienza a reunir los informes para cuando en breves se abra el periodo de convocatoria, poder solicitarla.
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