La Dirección General de Tráfico regula las normativas en cuanto al tráfico y el carnet de conducir de los conductores en España. Uno de sus principales objetivos es evitar que el número de accidentes tanto en vías urbanas como en vías interurbanas disminuya lo máximo posible. Para ello, cuenta con ciertas normas y restricciones dirigidas a prevenir el aumento de siniestralidad.
En muchos países de la Unión Europea, así como en España, no existe un límite de edad para renovar el carnet de conducir ni un límite legal para conducir, si no un límite en las capacidades y salud del conductor. Por ello, se realizan reconocimientos y exámenes médicos periódicos para garantizar la seguridad vial de todos los conductores, así como de los viandantes de las vías públicas.
Reconocimientos médicos establecidos por la DGT
La DGT establece en su normativa unas estrictas normas para conseguir el carnet de conducir: tener mínimo 18 años de edad cumplidos, capacidad para conducir y además pasar un examen teórico y otro práctico que evaluará nuestras habilidades de conducción que nos permitirán viajar de forma segura, tanto para nosotros mismos como para el resto de conductores y usuarios de las carreteras.
Tras obtener el carnet de conducir, la DGT establece el resto de normas que debemos seguir para una conducción segura a través de señales de tráfico, límites de velocidad y las multas previstas para quienes las incumplan, además de un carnet por puntos que podremos ir perdiendo si cometemos varias infracciones leves o alguna muy grave, como conducir ebrio.
Una de las normas más importante que la DGT regula es la renovación periódica del carnet de conducir, por la que tendremos que volver a pasar por un examen de reconocimiento de vista y audición particularmente. Esta renovación se tendrá que realizar cada 10 años, pero a partir de los 65 años, esta periodicidad desciende hasta los cinco años, garantizando un reconocimiento médico en un periodo menor de tiempo, puesto que con el aumento de la edad, las afecciones físicas también aumentan. No obstante, si se pasan los reconocimientos médicos preceptivos, la persona podrá seguir haciendo uso de su carnet de conducir.
Cómo renovar el carnet de conducir a partir de los 65 años
Para renovar el carnet a partir de los 65 años, el procedimiento será similar al de una persona menor de esa edad con algunas excepciones. Y, además, se tendrá que estar más pendiente de la fecha de renovación, ya que el tiempo es menor. Habrá que acudir a un centro de reconocimiento médico autorizado en el que se realizará una evaluación médica y se renovará la fotografía para hacer constar posibles cambios físicos durante los últimos años.
Una vez se supere este reconocimiento, se deberían de pagar las tasas para la renovación, no obstante, las personas mayores de 70 años están exentas del pago de estas. Luego obtendremos un permiso provisional hasta que nos envíen la tarjeta física definitiva, en aproximadamente un mes y medio, en la que aparece la próxima fecha de renovación. Además, para las personas mayores de 65 años no será necesario solicitar cita previa para realizar este trámite.
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