Desde que se aprobó y entró en vigor la ley de bienestar animal en 2023 ha habido mucha confusión con respecto a las nuevas obligaciones que se derivan de tener un animal y las diferentes multas previstas si estas se cumplen. A través de este nuevo texto legislativo se prevé promover la protección y el bienestar de los animales de compañía y prevenir el alto grado de abandono de animales en nuestro país.
El marco regulador crea nuevas obligaciones con respecto a la tenencia de los animales de compañía y prevé nuevas sanciones para aquellos dueños que no cumplan con estas. Además, esta ley deberá de convivir y complementarse con las regulaciones autonómicas que ya existan con respecto a los animales. Uno de los puntos más controvertidos de esta ley es la contratación de un seguro de responsabilidad civil para los perros y ha suscitado un debate tanto a nivel social como legislativo.
Las obligaciones de los dueños de los gatos
Aunque para los perros existen nuevas normativas a las que los dueños tendrán que adaptarse, para los de los gatos también existen importantes novedades sobre su cuidado y tenencia que, si bien antes de la aprobación de la ley de 2023 se sobreentendían, ahora se convierten en preceptivas. Por ejemplo, con respecto a la identificación de animales de compañía será obligatorio que estén identificados de forma individual por un veterinario habilitado y, en concreto, los gatos, así como los perros y los hurones, deberán llevar un microchip que los identifique, así como a su dueño.
Otra de las obligaciones para los dueños de los gatos tiene que ver con su esterilización y es que, según el artículo 26 de la ley de protección animal, será necesario proceder a la esterilización quirúrgica antes de los seis mese de edad, salvo para aquellos que estén inscritos en el registro de identificación como reproductores y a nombre de un criador registrado en el Registro de Criadores de Animales de Compañía.
Prohibiciones y sanciones previstas para los dueños de gatos
En el artículo 27 de esta ley se prevén las prohibiciones concretas para los dueños de los animales de compañía, entre ellos, los gatos. Estará prohibido causarles cualquier tipo de daño físico o de sacrificarlo por motivos económicos, además de adiestrarlos para que causen daño a otras personas o a otros animales de compañía. Tampoco se podrán mantener a los gatos de forma habitual en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos o patios, así como dejar al animal solo más de tres días consecutivos.
Las sanciones previstas en esta ley se distinguen según la gravedad de la infracción o de la prohibición cometida, siendo estas leves, graves o muy graves. Las leyes incluyen aquellas conductas que por acción u omisión y sin provocar ningún daño físico al animal, conlleven al descuido de los mismos. Las graves incluyen cualquier acto que implique daño o sufrimiento para el animal sin llegar a la muerte y las muy graves serán las conductas que causen la muerte al animal, el adiestramiento para peleas de animales o la cría y el comercio de gatos por parte de personas no autorizadas.
Las sanciones también están determinadas en el artículo 76 y para las infracciones leves se prevé un apercibimiento o multas de entre los 500 a los 10.000 euros. Para las graves, multas de entre los 10.001 euros a los 50.000; y para las muy graves, las multas ascienden de 50.001 a 200.000 euros. Por ello, los dueños de los gatos tendrán que cumplir con las obligaciones que se establecen en esta ley con respecto a la tenencia de los animales y, en concreto, de las obligaciones concretas con respecto a los felinos.
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