Acceder al mercado inmobiliario en la actualidad no es “moco de pavo”, los precios están por las nubes, en especial en Madrid y alrededores, lo que nos pone una barrera difícilmente salvable. A pesar de las noticias desalentadoras respecto a la “casi imposibilidad” de comprar una vivienda, tarde o temprano daremos un salto al vacío y entraremos de lleno en una hipoteca. Antes de darle el “si quiero” a nuestro banco de confianza, hay unos pasos a seguir que en este artículo vamos a explicarte. Entenderás qué es el contrato de arras, cuánto dinero se da y todos los pormenores necesarios para su comprensión.
¿Qué es el contrato de arras?
La compra de una vivienda es una de las decisiones más importantes de nuestra vida, y el contrato de arras es el primer paso formal en este proceso. Este acuerdo preliminar, aunque no es obligatorio, otorga seguridad a ambas partes y establece las condiciones de la futura compraventa. Pero, ¿qué es exactamente un contrato de arras y cuánto dinero se suele dar?
El contrato de arras es un acuerdo privado entre el comprador y el vendedor de un inmueble. Mediante este documento, ambas aportes manifiestan su voluntad de formalizar una compraventa en el futuro y se comprometen a cumplir con las condiciones pactadas. A cambio de este compromiso, el comprador entrega al vendedor una cantidad de dinero, conocida como arras. Estas sirven como una especie de señal o garantía de que la operación se llevará a cabo. La cantidad de dinero que se entrega como arras es libre y se negocia entre las partes. Sin embargo, existen dos tipos principales de arras:
- Arras penitenciales: En este caso, si una de las partes se arrepiente de la compraventa, deberá pagar una penalización. Si es el comprador, perderá las arras; si es el vendedor, deberá devolver el doble de la cantidad entregada.
- Arras confirmatorias: En este caso, las arras forman parte del precio de venta y se descuentan del precio final. Si una de las partes se arrepiente, pierde la cantidad entregada.
¿Qué debe incluir este tipo de documento?
Es importante saber que el plazo para escriturar la vivienda se pacta en el contrato de arras y suele oscilar entre 2 y 3 meses. Sin embargo, este plazo puede ajustarse en función de factores como la obtención de la hipoteca, la realización de reformas o la necesidad de realizar trámites administrativos. Este documento debe incluir, como mínimo, los siguientes datos:
- Nombre completo y DNI del comprador y del vendedor.
- Características del inmueble, ubicación, superficie, etc.
- Precio total acordado para la compraventa.
- Cómo se realizará el pago del precio de venta.
- Si son penitenciales o confirmatorias.
- Cantidad de dinero entregada como señal.
- Fecha en la que se deberá formalizar la compraventa ante notario.
- Consecuencias en caso de incumplimiento por alguna de las partes.
- Cargas del inmueble.
- Reparto de los gastos.
- Entrega de llaves.
- Mobiliario.
- Firmas.
Con estos datos, esperamos haber resuelto cualquier duda que se tenga para el inicio de la compraventa de una vivienda. Para más noticias del mercado inmobiliario, accede a nuestra sección de actualidad.