Estas son las infracciones más comunes por las que la DGT ya no puede sancionar en 2023

Fecha de publicación: 24 de marzo de 2023 a las 19:56
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DGT infracciones

Con los nuevos avances tecnológicos son muchas las opciones que se han planteado para evitar multar a los conductores. Actualmente, las personas que cogen sus vehículos y circulan están habituados a que las sanciones de la Dirección General de Tráfico sigan llegando de vez en cuando por infracciones que han cometido, como velocidad antes un radar, cinturón, no llevar papeles, ITV caducada, etc. Existen varias infracciones que la DGT ha tenido que quitar del listado por las nuevas maneras en que se pueden demostrar que no estamos cometiendo dichas infracciones. Esto se debe a que se han adaptado a la nueva realidad tecnológica en la que vivimos. Te explicamos algunas de las más típicas y que, lógicamente, tiene una explicación al hecho de no poder ser sancionadas ya.

Cuáles son las infracciones que han dejado de ser motivo de multa por la DGT

Pues bien, la DGT ya no puede multar por cometer una serie de infracciones cuando vamos circulando nuestro vehículo. Cuando vamos conduciendo, en muchos casos por las prisas o despistes, nos dejamos la cartera en casa. Una de las más comunes es, por tanto, circular sin el carnet de conducir. Este problema hasta hace no mucho tiempo era motivo de ser multado hasta con 200 euros pero ahora no supone sanción alguna. Existe una nueva aplicación que se puede descargar en el móvil llamada “MiDGT”. En ella, se puede ver todo lo relacionado con el carnet de conducir (puntos, mis vehículos, ITV, etc.). Por tanto, debes de llevar dicho documento, bien en papel o sino digitalizado para evitar ser sancionado.

Otra de las nuevas modificaciones en la normativa de las infracciones de la DGT, es para las personas que tienen problemas de visión y que necesitan lentes para conducir. Pues ya no es necesario llevar gafas de repuesto en el coche o de sol, si fueran necesarias para la ocasión. Ahora es posible hacer uso de las lentillas, evitando otra sanción administrativa de 200 euros.

Pero, esto no acaba aquí, ya que a día de hoy tampoco hace falta llevar encima ciertos papeles . Uno de ellos, es el recibo del seguro que podrá consultarse desde el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados por los agentes de la autoridad. Otro de los documentos es el impuesto de circulación municipal, que se puede ver de forma telemática. Conoce más temas de actualidad visitando nuestra sección correspondiente y ponte al día sobre nuevas noticias.

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