Estas son las enfermedades que dan derecho a una incapacidad permanente: cuánto se cobra de pensión

Fecha de publicación: 16 de agosto de 2024 a las 11:15
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Enfermedades y cuantías incapacidad permanente

Cuando hablamos de incapacidad permanente, hacemos referencia a aquella situación laboral donde un trabajador pierde su capacidad de realizar las actividades habituales de la profesión. Esto puede ser causado por enfermedades, accidentes o una mezcla de ambos. Para salvaguardar a estas personas, desde el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS), se realiza una valoración y se incapacita al trabajador con alguna de las modalidades existentes según, el porcentaje de discapacidad. En esta noticia, vamos a explicar cuáles son los tipos de incapacidad permanente, las cuantías a percibir en la pensión, requisitos y el kit de la cuestión, qué enfermedades dan derecho a solicitarla.

Tipos de incapacidad permanente y requisitos para solicitar la incapacidad permanente

Es importante saber que las pensiones, son prestaciones económicas de devengo periódico y de duración vitalicia o hasta alcanzar una edad específica. En este caso, para recibir la pensión por incapacidad permanente, esta puede ser considerada de varios tipos, como anteriormente hemos mencionado. Por ello, vamos a indicar cuáles son las 4 modalidades existentes que nos pueden dar desde el INSS:

  • Incapacidad permanente parcial: esta es causada cuando al trabajador le ocasiones una disminución que no supera el 33% de su capacidad laboral.
  • Incapacidad permanente total: en este caso el trabajador queda inhabilitado para poder realizar todas o las tareas fundamentales de su profesión habitual, pero sí que puede dedicarse a otra distinta.
  • Gran invalidez: aquí el trabajador queda inhabilitado para realizar cualquier profesión u ocupación y además, necesita de la asistencia de otra persona para los actos esenciales de la vida diaria.
  • Incapacidad permanente absoluta: el trabajador queda inhabilitado para cualquiera de las profesiones u ocupaciones.

Además, es necesario que las personas cumplan una serie de criterios, para solicitar esta pensión de incapacidad permanente, tales como tener entre 18 y 65 años, residir en España al menos 5 años, un grado de discapacidad igual o superior al 65% y no pasar del límite de ingresos establecidos para la PNC.

Cuánto se cobra por una pensión de incapacidad permanente

La cuantía de esta incapacidad permanente 2024, tras la subida que se recoge en el BOE, puede variar en función de si los titulares tienen cónyuge a cargo o no, o sin él. Para ello, vamos a mostrar una tabla donde indicamos los importes según el tipo de incapacidad permanente:

Tipo de incapacidad permanenteCon cónyuge a cargoSin cónyugeCónyuge no a cargo
Gran invalidez21.698,6017.329,2016.448,60
Absoluta14.466,2011.552,8010.966,20
Total: Titular con sesenta y cinco años14.466,2011.552,8010.966,20
Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años14.466,2010.808,0010.215,80
Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta años8.516,208.516,208.443,40
Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con sesenta y cinco años14.466,2011.552,8010.966,20

Cuáles son las enfermedades con las que puedes optar a una incapacidad permanente

Aunque no existe un listado oficial de enfermedades para tener derecho a la pensión por incapacidad permanente del INSS, cuya concesión la dará un tribunal médico, sí que podemos indicar algunas de ellas, de las cuales muchas son muy habituales verlas tanto dentro como fuera del trabajo:

  • Alzheimer.
  • Aneurisma.
  • Artritis Reumatoide.
  • Artritis Psoriásica.
  • Artrosis.
  • Cáncer.
  • Cardiopatías.
  • Colitis ulcerosa.
  • Depresión.
  • Demencia.
  • Desprendimiento de la retina.
  • Enfermedades hepáticas.
  • Enfermedad de Crohn.
  • EPOC.
  • Esclerosis Múltiple.
  • Espondilitis anquilosante.
  • Espondilosis degenerativa.
  • Esquizofrenia.
  • Estenosis foraminal.
  • Fibromialgia.
  • Fibrilación auricular.
  • Glaucoma.
  • Hernia discal.
  • Hipertensión pulmonar.
  • Ictus.
  • Insuficiencia renal crónica.
  • Infarto agudo de miocardio.
  • Lesión medular.
  • Lumbalgia.
  • Lupus.
  • Migrañas.
  • Neuropatía.
  • Parkinson.
  • Pancreatitis.
  • Patologías de pies y manos.
  • Síndrome de Ménière.
  • Síndrome de Raynaud.
  • Síndrome de Sjögren.
  • Síndrome de Tourette.
  • Síndrome del túnel carpiano.
  • Síndrome subacromial.
  • Trasplante de riñón.
  • Trastorno:
    • Bipolar
    • Ansiedad
    • Estrés postraumático

Los directores provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social o el Tribunal Médico dictarán la resolución expresa sobre el grado de incapacidad, permitiendo que se realicen revisiones según la situación de cada individuo.

Para más noticias que tengan que ver con prestaciones, no dudes en echar un ojo al apartado habilitado que puedes ver desde esta web de información de la Comunidad de Madrid.

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