El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a través del IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) prevé una serie de prestaciones y servicios de atención a la dependencia, destinados a aquellas personas que lo necesiten para poder desarrollar las actividades básicas de la vida diaria. La regulación de estos se hace a través de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Las prestaciones y servicios recogidos por la ley
El principal objetivo de la Ley 39/2006 es regular las condiciones más básicas que puedan garantizar la igualdad de todas las personas en situación de dependencia y para promocionar la autonomía personal de las mismas. A través del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) se coordina y coopera con la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas para otorgar todos los servicios y prestaciones a las personas en situación de dependencia.
La ley recoge en su artículo 14 que estas prestaciones de atención a la dependencia pueden ser tanto servicios como ayudas económicas y siempre estarán destinadas a la promoción de la autonomía personal y a atender las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria.
Cuando la atención no se pueda cubrir mediante los servicios sociales previstos en el catálogo, se otorgarán las prestaciones necesarias para la cobertura de los gastos de dicho servicio en el Programa Individual de Atención, y tendrá que ser prestado por un profesional o centro acreditado para la atención a la dependencia. Tanto las prestaciones como los servicios se prestarán siguiendo la prioridad según el grado de dependencia y del nivel de capacidad económica de la persona solicitante.
El catálogo de servicios del artículo 15
La Ley 39/2006 establece y delimita los servicios sociales destinados a la promoción de la autonomía personal y de atención a la dependencia y estos son:
- Servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de autonomía personal.
- Servicio de teleasistencia.
- Servicio de ayuda a domicilio, incluyendo tanto la atención de las necesidades del hogar como los cuidados personales.
- Servicio de Centro de Día y de Noche, entre los que se encuentran: el Centro de Día para mayores, el Centro de Día para menores de 65 años, el Centro de Día de atención especializada y el Centro de Noche.
- Servicio de Atención Residencial, y en este apartado se incluyen la residencia de personas mayores en situación de dependencia y el centro de atención a personas en situación de dependencia, dependiendo del tipo de discapacidad.
Los centros y residencias podrán ser públicos, concertados o privados. En el caso de los dos últimos, estos deberán de contar con la debida acreditación de la Comunidad Autónoma correspondiente. Además, los poderes públicos se encargarán de promover la colaboración solidaria de los ciudadanos con las personas en situación de dependencia.
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