Los autónomos se rigen por el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), el sistema de cotización a la Seguridad que cubre a las personas que trabajan por cuenta propia. Este organismo se encarga del cobro de las cuotas de autónomos así como del reparto de las prestaciones disponibles para los trabajadores autónomos como la jubilación, la incapacidad temporal o el cese de actividad, conocido como el paro de autónomos. El RETA también se encarga de gestionar las bonificaciones disponibles para estos trabajadores, y estas son las que están vigentes durante este 2025.
Tarifa plana de 80 euros para nuevos autónomos
Este tipo de bonificación está pensada para las personas que vayan a comenzar a ser autónomas y es una medida para impulsar el autoempleo. Consiste en el pago de 80 euros por la cuota de autónomos durante los 12 primeros meses de actividad. Durante los siguientes 12 meses, se podrá extender esta tarifa plana cuando los trabajadores prevean que sus rendimientos económicos netos anuales van a ser inferiores al salario mínimo interprofesional. Si se tiene una discapacidad igual o superior al 33 por ciento, se es víctima de violencia de género o de terrorismo podrán aplicarse la cuota reducida durante los primeros 24 meses.
Durante el descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y riesgo durante el embarazo o lactancia natural
Cuando se produzca alguna de esta situaciones existirá una bonificación del 100% por contingencia común, aunque se excluye la Incapacidad Temporal, que se aplica sobre la base media de los 12 meses anteriores a la fecha que se inicie la bonificación. La duración será mientras transcurra el tiempo de descanso.
Cuidado de menores enfermos de cáncer u otra enfermedad grave
Cuando la persona trabajadora autónoma tenga que cuidar de un menor afectado por cáncer o cualquier otra enfermedad grave, se establecerá una bonificación del 75% de la cuota por contingencia común y también se aplica sobre la base media de los 12 meses anteriores.
Mujeres reincorporadas tras la maternidad, adopción guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela
Las mujeres reincorporadas a los 2 años desde el cesa por maternidad, maternidad, adopción guarda con fines de adopción, acogimiento o tutela, tendrán una bonificación del 80% de la cuota por contingencia común, aplicada sobre la base media de los 12 meses anteriores.
Autónomos colaboradores (familiares)
En el caso en que se den nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos, hay una bonificación sobre la cuota de contingencia comunes correspondientes a la base mínima de cotización del tramo I de la tabla general, que será: una reducción del 50% durante los 18 primeros meses y una reducción del 25% durante los 6 meses siguientes, teniendo una duración total de 24 meses.
Bonificación para la conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación
Cuando exista la situación en la que por motivos de conciliación y contratación, se proveerá una bonificación del 100% de la cuota por contingencia común, aplicada sobre la base media de los 12 meses anteriores y un 50% para cuando se contrate a jornada parcial. Tendrá una duración de 12 meses.
Bonificaciones para autónomos en Melilla y Ceuta
Existen incentivos y bonificaciones para aquellos trabajadores autónomos que residan o ejerzan su actividad en las ciudades autónomas de Melilla y Ceuta. Están incluidas en esta bonificación las actividades de agricultura, pesca y acuicultura; industria, comercio, hostelería, turismo y otros servicios, excluyendo algunas como el transporte aéreo o las actividades inmobiliarias. El porcentaje de devolución es en estos casos es del 50% en las aportaciones a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes y durarán hasta que se produzca una situación de baja.
Puedes consultar nuestra sección de prestaciones para conocer más detalles y novedades sobre estas.