La Comunidad de Madrid abre el plazo de las ayudas del programa de fomento de empleo juvenil “Cualificación profesional” dentro del esquema de Empleo‑Formación.
Las entidades locales pueden solicitar ya estas subvenciones de Empleo‑Formación para contratar a jóvenes desempleados con contratos de formación en alternancia y cubrir los costes formativos. El trámite es exclusivamente electrónico.
Qué gastos financia la convocatoria de empleo juvenil: contratos, cotizaciones y formación asociada
El solicitante no es el joven, sino la entidad local. El BOCM señala como beneficiarios a las entidades locales de la Comunidad de Madrid y a sus organismos autónomos o entidades dependientes con competencias en políticas activas de empleo y promoción de la ocupación, siempre que su titularidad sea íntegramente local.
Las ayudas cubren gastos salariales y de cotización a la Seguridad Social derivados de la contratación de personas desempleadas destinatarias del programa, además de los costes de formación vinculados. También se incluyen gastos salariales y de cotización del personal técnico, incluido personal de apoyo como tutores y técnicos de orientación. Planifica tu solicitud con los siguientes datos:
| Dato clave | Información principal |
|---|---|
| Presupuesto | 14.000.000 euros |
| Cofinanciación | FSE+ 2021/2027, tasa máxima del 40% |
| Solicitud | 15 días hábiles desde el 10/02/2026; cierre: 02/03/2026 |
| Presentación | Tramitación exclusivamente electrónica |
| Resolución y silencio | Máximo 4 meses; silencio desestimatorio |
El BOCM fija 15 días hábiles a contar desde el 10 de febrero de 2026. La sede electrónica autonómica lo traduce a una fecha concreta de cierre: 2 de marzo de 2026, y confirma que la tramitación es exclusivamente electrónica.
Requisitos básicos y tiempos de resolución
No basta con querer participar. El BOCM indica que la entidad debe ser competente para ejecutar obras o servicios vinculados a los puestos solicitados y tener capacidad técnica y de gestión para impartir la formación. Además, debe estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social y no mantener deudas en vía ejecutiva con la Comunidad de Madrid. Estas son las condiciones que recoge la convocatoria:
- Ser competente para ejecutar obras o servicios vinculados a los puestos solicitados.
- Tener capacidad técnica y de gestión para impartir formación.
- Estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social.
- No mantener deudas en vía ejecutiva con la Comunidad de Madrid.
La sede electrónica informa de un plazo máximo de 4 meses para resolver y de silencio desestimatorio. Accede a nuestra sección de prestaciones para conocer otras ayudas activas.








