El 16 de mayo de 2025, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que la normativa española que regula el complemento de pensión para la reducción de la brecha de género es discriminatoria hacia los padres. A pesar de las reformas introducidas en 2021, que permitieron a los padres acceder al complemento, el TJUE considera que los requisitos adicionales impuestos a los hombres constituyen una discriminación directa por razón de sexo. Esta decisión afecta a los padres que han solicitado el complemento y abre la posibilidad de revisar las solicitudes denegadas anteriormente.
¿Qué conclusiones sacó el TJUE sobre el complemento de pensión para padres?
La sentencia del TJUE responde a las cuestiones prejudiciales planteadas por tribunales españoles, que cuestionaban la compatibilidad de la normativa española con la Directiva 79/7/CEE relativa a la igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social. El tribunal europeo concluyó que la normativa española impone requisitos adicionales a los hombres para acceder al complemento de pensión, lo que constituye una discriminación directa por razón de sexo.
En concreto, mientras que las mujeres reciben el complemento de forma automática al tener hijos, los hombres deben demostrar que su carrera profesional se vio afectada por el nacimiento o adopción de sus hijos. El TJUE considera que esta diferencia de trato no está justificada y vulnera el principio de igualdad establecido en la legislación europea.
¿Cuáles son los próximos pasos a seguir?
La decisión del TJUE tiene varias implicaciones. En primer lugar, los hombres que hayan solicitado el complemento y se les haya denegado podrían tener derecho a reclamarlo, incluso con efectos retroactivos. Además, el Gobierno español deberá modificar la normativa para eliminar los requisitos adicionales impuestos a los hombres y garantizar la igualdad de trato entre ambos sexos. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha anunciado que analizará la sentencia y tomará las medidas necesarias para adaptarse a la legislación europea.
Por otro lado, la sentencia no afecta a las personas que ya están recibiendo el complemento, quienes continuarán percibiéndolo según la normativa vigente en el momento de su concesión. Sin embargo, es posible que se produzca un aumento en las solicitudes de revisión por parte de hombres que anteriormente no cumplían con los requisitos adicionales. El complemento de pensión para la reducción de la brecha de género en 2025 asciende a 35,90 euros mensuales por hijo, con dos pagas extras en junio y noviembre.
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