En marzo de 2025, el Tribunal Supremo falló en favor de un trabajador que recibió 12.000 euros en concepto de prestación por desempleo para mayores de 55 años debido a un error administrativo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Este fallo confirma una sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) y establece un precedente en situaciones similares.
¿Qué sucedió para que reclamaran una prestación por un error del SEPE?
En 2015, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) certificó que el trabajador cumplía con los requisitos necesarios para acceder al subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Basándose en esta certificación, el SEPE concedió la prestación, que el trabajador recibió hasta 2019. Sin embargo, en 2018, el INSS corrigió su certificación inicial, indicando que el trabajador no reunía los requisitos de cotización exigidos. A raíz de esta corrección, el SEPE solicitó la devolución de los 12.000 euros percibidos indebidamente.
El Tribunal Supremo aplicó en este caso la “doctrina Cakarevic”, establecida por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Esta doctrina determina que no es razonable exigir la devolución de prestaciones cuando el error es exclusivamente atribuible a la administración y el beneficiario actuó de buena fe, es decir, sin conocimiento de que no cumplía con los requisitos necesarios.
La aplicación de esta doctrina se basa en la premisa de que el beneficiario no tenía conocimiento de la falta de requisitos para recibir la prestación y actuó de buena fe, confiando en la información proporcionada por las autoridades competentes. Por lo tanto, el Tribunal consideró que no era justo que el trabajador asumiera la responsabilidad de un error administrativo del SEPE.
¿En qué nos puede repercutir esta sentencia?
Esta sentencia del Tribunal Supremo tiene importantes implicaciones para casos futuros en los que se identifiquen errores administrativos en la concesión de prestaciones. Establece que, si el beneficiario actuó de buena fe y el error es atribuible exclusivamente a la administración, no es obligatorio devolver las cantidades percibidas indebidamente. Este fallo refuerza la protección de los ciudadanos frente a errores burocráticos que no dependen de su voluntad. En caso de recibir una reclamación, recomendamos seguir los siguientes pasos:
- Consulta a un abogado laboralista: es fundamental analizar tu caso concreto con un profesional especializado.
- Revisa toda la documentación que aportaste al SEPE cuando solicitaste la prestación.
- Presenta alegaciones o recurre si consideras que no actuaste con mala fe.
- Invoca esta doctrina del Tribunal Supremo si el error es exclusivamente del SEPE.
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