El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón a una mujer que regresó a España en 2021 tras trabajar en Alemania. El SEPE le negó el “subsidio para emigrantes retornados” por venir de un país de la UE, pero la justicia corrige ese criterio y obliga a conceder la prestación. ¿Has trabajado fuera y no sabías que existía este subsidio?
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid corrige al SEPE sobre este subsidio y elimina la exclusión por países de la Unión Europea
La sentencia subraya que no hay norma que excluya a quienes regresan desde Estados miembros de la UE. Por tanto, el hecho de haber trabajado en Alemania no impide acceder a la ayuda. En consecuencia, el SEPE debe reconocer el derecho y pagar el subsidio. No es poca cosa, porque el caso puede abrir la puerta a otras reclamaciones en situaciones similares.
Antes de continuar, conviene retener los requisitos básicos que se desprenden del caso y de la resolución judicial.
Requisitos básicos que se han puesto de manifiesto en la resolución
- Ser español que haya trabajado en el extranjero.
- Regresar a España sin empleo.
- Haber cotizado en el país extranjero.
- Estar inscrito como demandante de empleo en España.
Quién puede solicitar el subsidio para emigrantes retornados y por qué esta sentencia resulta tan relevante
Según lo establecido por el tribunal, cualquier español que haya trabajado fuera, ya sea dentro o fuera de la UE, puede solicitar la ayuda si vuelve a España sin trabajo y cumple los requisitos indicados. El fallo es relevante porque desmonta una interpretación del SEPE que venía negando la prestación por el mero hecho de proceder de un país comunitario. ¿Creías que venir de la UE te dejaba fuera? Pues no.
Además, esta ayuda es descrita como “casi secreta”. No aparece claramente en la web del SEPE, no se promociona y no se ofrece de forma automática. De ahí que muchas personas potencialmente beneficiarias ni siquiera la conozcan.
Como se ve, la clave no es el país de procedencia dentro o fuera de la UE, sino cumplir las condiciones de retorno y las exigencias básicas de cotización e inscripción.
Cómo se solicita y qué documentación básica exige la normativa señalada en este caso concreto
El caso pone el foco en dos pasos imprescindibles: inscribirse como demandante de empleo y acreditar las cotizaciones en el país extranjero. No se detalla un procedimiento específico presencial u online, y el propio relato incide en que el SEPE no lo menciona en sus formularios ni lo ofrece de manera automática. Por tanto, conviene estar atento, preguntar y registrar la solicitud expresamente. Tiene miga, porque la falta de información puede dejar fuera a quien cumple los requisitos.
¿Te encuentras en una situación similar? Esta sentencia refuerza el derecho a solicitar la prestación si has trabajado fuera y regresas sin empleo, con independencia de que el país sea o no de la UE.