El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha confirmado un cambio clave que afectará a miles de personas desempleadas a partir de 2026. El subsidio para mayores de 52 años, que supone una ayuda mensual de 480 euros, dejará de cobrarse automáticamente hasta la edad legal de jubilación, como venía ocurriendo hasta ahora. En su lugar, se establecerán nuevas edades máximas que condicionarán la duración del subsidio, especialmente si no se alcanzan los requisitos necesarios para una jubilación anticipada.
El nuevo límite se situará en los 66 años y 10 meses en 2026, y alcanzará los 67 años en 2027, en línea con la reforma del sistema de pensiones. Esto implica que, si una persona beneficiaria del subsidio no logra reunir los años de cotización exigidos para retirarse antes de esa edad, podría quedarse sin ingresos durante los últimos meses antes de jubilarse. Un escenario que ha encendido las alarmas entre asociaciones de desempleados y sindicatos.
¿Qué cambia exactamente?
Hasta ahora, el subsidio podía cobrarse hasta la edad ordinaria de jubilación (actualmente 66 años y 8 meses), siempre que no se alcanzaran los 38 años y 3 meses de cotización que permiten jubilarse antes. Sin embargo, la intención del SEPE es ajustar esa edad de corte en paralelo con la subida progresiva de la edad legal de retiro. De esta forma, quienes no planifiquen adecuadamente su vida laboral pueden encontrarse en una situación de desprotección económica.
Este ajuste se produce en un contexto en el que el subsidio para mayores de 52 años es una herramienta clave para mantener el vínculo con el sistema de Seguridad Social. A diferencia de otras ayudas, cotiza por jubilación al 125% de la base mínima, lo que lo convierte en un recurso esencial para garantizar el acceso a una pensión contributiva.
¿Quién puede acceder a este subsidio?
Las condiciones para solicitar esta ayuda no cambian, pero es importante tenerlas presentes para no perder la prestación:
- Haber cotizado al menos 15 años, con dos de ellos en los últimos quince.
- Contar con un mínimo de seis años cotizados por desempleo.
- No superar el 75% del salario mínimo interprofesional en ingresos personales.
- Estar inscrito como demandante de empleo y mantener actualizada la demanda.
La solicitud puede presentarse tanto de forma presencial como online, y es imprescindible adjuntar toda la documentación que justifique los periodos cotizados. Cualquier retraso en la inscripción puede suponer la pérdida o el aplazamiento de la ayuda.
Un problema de planificación
El principal riesgo para muchos beneficiarios es quedarse sin subsidio antes de llegar a la jubilación contributiva, sin posibilidad de seguir cotizando. Esto puede suponer no solo un vacío de ingresos, sino también una merma en la pensión futura. Por eso, desde distintos colectivos se insiste en la necesidad de anticiparse y revisar con antelación la vida laboral, con el fin de explorar otras opciones de cotización, ya sea mediante convenios especiales con la Seguridad Social o trabajos esporádicos compatibles.
Año de aplicación | Edad máxima para cobrar el subsidio |
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Hasta 2025 | 66 años y 8 meses |
2026 | 66 años y 10 meses |
2027 | 67 años |
¿Es compatible con otras ayudas?
Aunque se trata de una de las prestaciones más estables del sistema, el subsidio para mayores de 52 años no es compatible con todas las ayudas por desempleo. Por eso, conviene informarse bien sobre otras prestaciones disponibles y posibles incompatibilidades legales. En caso de duda, lo más aconsejable es consultar directamente con el SEPE o con un asesor especializado.
El endurecimiento de las condiciones no solo afectará a quienes estén a punto de cumplir los 52 años, sino también a quienes ya están cobrando el subsidio. Conocer los cambios con antelación y planificar adecuadamente puede marcar la diferencia entre jubilarse con derechos o quedarse a las puertas sin prestación.
Por último, recuerda que para conocer más información sobre otras prestaciones te recomendamos visitar nuestro portal web de noticias de la Comunidad de Madrid.