La prestación por desempleo (el conocido paro) es un subsidio del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para cubrir necesidades básicas mientras se busca un nuevo trabajo. En julio, el organismo contabilizó 2.404.606 personas inscritas como paradas. Pero tras una baja voluntaria, la regla general es clara: no se cobra. En este artículo indagaremos las posibles excepciones existentes.
Por qué no se puede cobrar el paro tras una baja voluntaria
¿Te planteas dimitir y después solicitar la prestación? La normativa es taxativa: la protección se dirige a quien quiere y puede trabajar, pero carece de empleo por causas ajenas a su voluntad. Por eso, el SEPE recuerda que “para poder cobrar una prestación por desempleo es necesario que la baja no se haya producido de forma voluntaria, pues el sistema protege a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar, pero carecen de empleo”.
No obstante, existen situaciones en las que el derecho a la ayuda se conserva. Si, tras una baja voluntaria, el cese en un nuevo empleo se produce por una causa distinta a no superar el periodo de prueba, sí se puede acceder a la prestación, con independencia del tiempo transcurrido entre contratos. Por lo tanto, lo determinante no es cuánto tiempo haya pasado, sino el motivo del cese.
El periodo de prueba merece mención aparte. ¿Qué pasa si entras en otra empresa y no lo superas? Aquí entran en juego los plazos y encadenamientos de contratos:
- Si tras dejar un empleo empiezas en otra empresa y no han pasado tres meses desde el puesto anterior, y el empresario extingue por no superar el periodo de prueba, no habrá derecho al paro.
- Si el cese en ese segundo empleo se produce por otra causa distinta al periodo de prueba, sí procede la prestación, sin importar el tiempo transcurrido.
- Si, después de una baja voluntaria, encadenas dos trabajos con cese por no superar el periodo de prueba y en un tercer empleo te despiden por el mismo motivo, solo podrás cobrar el paro si han transcurrido al menos tres meses entre el segundo y el tercer despido.
En consecuencia, el periodo de prueba solo abre la puerta al paro, en estos casos muy acotados; fuera de ellos, la baja voluntaria bloquea el acceso.
Datos clave del SEPE sobre la prestación por desempleo y baja voluntaria
Para aclarar de un vistazo qué escenarios dan derecho a la ayuda, resumimos los supuestos más comunes derivados de la norma y de las precisiones del organismo.
Escenario | ¿Derecho al paro? | Condición/Matiz |
---|---|---|
Baja voluntaria sin más | No | Sistema protege ceses involuntarios |
Nuevo empleo, cese por periodo de prueba dentro de 3 meses | No | No se genera derecho |
Nuevo empleo, cese por causa distinta al periodo de prueba | Sí | Independiente del tiempo transcurrido |
Tres ceses por periodo de prueba; cobrar tras tercero | Sí, solo si | Deben pasar al menos 3 meses entre segundo y tercero |
Estas reglas tienen un objetivo: que la prestación cumpla su función de escudo para quien pierde el trabajo de manera involuntaria, garantizando que los recursos lleguen a quienes realmente lo necesitan mientras buscan una nueva oportunidad. ¿Tienes dudas sobre tu caso concreto? Antes de tomar decisiones, repasa estos supuestos. Accede a nuestra sección de prestaciones para conocer más noticias relacionadas con el paro.