El requisito que debes cumplir para tener tres años adicionales de cotización para mejorar tu futura pensión

Fecha de publicación: 31 de agosto de 2025 a las 07:00
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Oficina de la Seguridad Social en España para solicitar años extra de cotización para la pensión.

La Seguridad Social reconoce cotización asimilada al alta del artículo 237 de la LGSS a quienes pidan y disfruten una excedencia por cuidado de hijos o familiares. La clave: formalizar la excedencia, justificarla y solicitar el cómputo al finalizar. Los años cotizados son decisivos para la pensión. Para no penalizar a quienes interrumpen su carrera por motivos familiares, se permite reconocer hasta 3 años de cotización por cada hijo o menor acogido y hasta 1 año por el cuidado de un familiar dependiente, siempre que exista una excedencia solicitada conforme a la ley.

Quién puede beneficiarse de la cotización asimilada por excedencia del artículo 237 LGSS

La medida se dirige exclusivamente a trabajadores del Régimen General que hayan pedido y disfrutado una excedencia para el cuidado de hijos por nacimiento, adopción o acogida permanente, o para atender a familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Es necesario que el familiar no pueda valerse por sí mismo y no realice ninguna actividad retribuida. Quedan excluidos los autónomos y quienes pertenezcan al Régimen Especial de los Trabajadores del Mar. ¿Encajas en este perfil?

Para acceder al cómputo, la excedencia debe estar formalizada y documentada. Estos son los pasos clave:

  • Comunicarse por escrito a la empresa la intención de acogerse a una excedencia por cuidados, indicando fechas de inicio y fin.
  • Aportar la documentación: certificado de nacimiento, adopción o acogida del menor, y en su caso informes médicos y justificantes del familiar.
  • Disfrutar efectivamente el periodo de excedencia conforme a la legislación vigente.
  • Solicitar el reconocimiento del periodo como cotizado, al finalizar la excedencia, de forma presencial o en la sede electrónica con certificado digital o Cl@ve.

Importante: no se reconoce de manera automática por ser madre, padre o cuidador; hay que pedirlo y justificarse. Nada de dejarlo para última hora.

Procedimiento para solicitar el cómputo de cotización a jornada completa tras la excedencia

La petición puede realizarse una vez finalizada la excedencia. Se tramita ante la Seguridad Social, presencialmente o por la sede electrónica mediante certificado digital o sistema Cl@ve. La cotización reconocida computa como jornada completa, incluso si el trabajo previo era a tiempo parcial, lo que puede marcar la diferencia en la futura pensión. ¿Cómo saber si te conviene? Si has tenido una excedencia y cumples requisitos, puede suponerte hasta tres años adicionales. La duración máxima depende del supuesto. A continuación, un resumen práctico:

SupuestoTiempo reconocidoCondiciones clave
Hijo o menor acogidoHasta 3 años por cada hijo o menorExcedencia por nacimiento, adopción o acogida permanente
Cuidado de familiar hasta segundo gradoHasta 1 año por cada familiarDebe no poder valerse y no realizar actividad retribuida
Régimen aplicableRégimen GeneralExcluidos autónomos y Régimen Especial del Mar

Por tanto, la clave es haber solicitado formalmente la excedencia, conservar la documentación y pedir el reconocimiento cuando termine. Accede a nuestra sección de prestaciones para conocer otro tipo de beneficios de los que disponen los madrileños.

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Almudena Martínez Arribas

Almudena Martínez Arribas es periodista graduada por la Universidad Complutense de Madrid y redactora de contenidos en Ciberseo Jaén S.L. desde 2023. En Madridinforma escribe y revisa artículos sobre prestaciones, ayudas públicas, subsidios y trámites administrativos, con un enfoque basado en la claridad, el rigor informativo y la utilidad para el lector.