Son muchas familias que optan por cuidar de sus mayores en el propio hogar, bien porque no pueden permitirse una residencia o un profesional que los atienda, o por el gusto de poder dar todos los cuidados y así disfrutar de ellos. Sin embargo, la última opción lleva consigo unos elevados gastos, ya que estas personas requieren de unos cuidados especiales y una manutención diaria. Es por ello, que la Agencia Tributaria compensa a los familiares que conviven con mayores de 65 años con una deducción en la declaración de la Renta. Pero para beneficiarte de esta ventaja fiscal debes de reunir una serie de requisitos.
Estos son los requisitos que establece Hacienda para la deducción por convivir con personas mayores de 65 años
Cómo hemos citado en líneas anteriores, la Agencia Tributaria da la posibilidad de que las familias que conviven con mayores de 65 años puedan deducirse los gastos en la declaración de la Renta 2023-24. Pero para acceder a este “regalo” de Hacienda, los ascendientes deben de cumplir los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 65 años a la fecha de devengo del impuesto o cualquier edad si se trata de una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Convivir con el contribuyente o al menos, la mitad del periodo (6 meses).
- Que el ascendiente no haya obtenido en el ejercicio rentas superiores a 8.000 euros anuales, excluidas las exentas del impuesto.
Las familias beneficiarias tienen distintas formas de aplicar esta deducción si conviven con personas mayores de 65 años. Además, hay que tener en cuenta que la cuantía aumenta a partir de los 75 años de edad, siempre y cuando se cumplan los requisitos.
Cuantías
Tal y como indica Hacienda, las personas que convivan con mayores de 65 años o con alguna discapacidad en el mismo núcleo familiar podrán deducirse 1.150 euros en la declaración de la Renta. A partir de los 75 años, la deducción aumenta en 2.550 euros anuales por cada uno. Para terminar te indicamos la documentación necesaria:
- Certificado de empadronamiento del ascendiente y contribuyente.
- Declaración de la Renta.
- Libro de familia.
- Certificado de discapacidad.
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