El 1 de noviembre de 2024 entró en vigor una reforma que cambia radicalmente la forma de compatibilizar la prestación por desempleo con un empleo. Gracias al nuevo Complemento de Apoyo al Empleo (CAE), quienes cobran el paro podrán trabajar a jornada completa sin perder la prestación, algo que antes solo se permitía para contratos a tiempo parcial. ¿Te interesa saber más? Aquí tienes los detalles principales.
Requisitos para compatibilizar el desempleo con un contrato a jornada completa
Desde el 1 de abril de 2025, cualquier persona con una prestación contributiva reconocida puede acogerse al CAE. Eso sí, es necesario que la prestación no proceda de un ERTE ni del Mecanismo RED, que la empresa contratante no tenga un ERTE abierto y que no haya contratado a la misma persona en los 12 meses anteriores.
Además, no puede tratarse de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Si la prestación del SEPE se generó antes del 1 de abril de 2025, la norma exige al menos 14 meses de paro reconocido y haber superado nueve meses de cobro antes de solicitar el CAE para jornada completa.
Documentación obligatoria y formulario oficial para tramitar el nuevo Complemento de Apoyo al Empleo
El proceso de solicitud sigue los cauces habituales ante el SEPE. Puedes hacerlo de forma presencial o telemática, pero ojo con los plazos: dispones de 15 días hábiles desde el inicio del contrato para que la compatibilidad tenga efecto desde el primer día de trabajo.
Estos son los documentos básicos que necesitas presentar:
- Documento de identificación (DNI o NIE).
- Número de cuenta bancaria (IBAN).
- Certificado de empresa con la jornada y salario.
- Formulario de compatibilidad oficial para el CAE, debidamente cumplimentado.
Comparativa de las cuantías según el porcentaje de jornada laboral y periodo de prestación
Quienes compatibilicen el paro con una jornada completa, podrán recibir un suplemento adicional, sin la reducción proporcional que se aplicaba antes. Para los que trabajan a tiempo parcial, seguirá aplicándose el descuento en función del número de horas.
A modo de referencia, estas son las cuantías orientativas del CAE:
Tipo de jornada | Rango de prestación aproximado |
---|---|
Jornada completa | Entre 480 € y 180 € |
Parcial ≥ 75% | Entre 450 € y 150 € |
Parcial 50%-75% | Entre 420 € y 120 € |
Parcial < 50% | Entre 360 € y 90 € |
Recuerda que estos importes pueden variar según el mes de prestación en el que empieces a trabajar: cuanto antes lo hagas, mayor será la ayuda en un primer tramo, aunque descienda con el paso del tiempo.
Incompatibilidades, plazos de solicitud y causas de suspensión o extinción del CAE
Si no presentas la solicitud en los 15 días hábiles posteriores al alta laboral, el CAE comenzará a contar desde la fecha de la petición, siempre que el contrato siga vigente. En caso de cese o modificación de la jornada, tendrás que informar al SEPE para evitar suspensiones o extinciones indebidas de la prestación.
¿Tienes ya claro cómo beneficiarte de esta medida? Muchos trabajadores olvidan notificar los cambios en su jornada, lo que puede derivar en la pérdida de la prestación o la apertura de expedientes de devolución.
Cómo agilizar la gestión del SEPE y aprovechar esta reforma sociolaboral para tu beneficio
Para tramitar el CAE sin complicaciones, conviene preparar la documentación con antelación, pedir cita previa si vas a acudir a la oficina y revisar la información oficial en la sede electrónica del SEPE. De ese modo, podrás disfrutar antes del complemento y asegurar que tu prestación no sufra interrupciones. El CAE ofrece un incentivo extra para que las personas en desempleo den el salto a un contrato a jornada completa, sin perder el paro y recibiendo un complemento económico que ayuda a mitigar los primeros meses de reinserción laboral.
Visita nuestra sección de prestaciones para conocer todas las ayudas disponible del SEPE y otros organismos y los requisitos necesarios para acceder a ellas.