El Ministerio de Trabajo introduce un giro en la norma del salario mínimo interprofesional (SMI): si la subida aplicada a comienzos de año no acompasa el IPC, el Gobierno podrá revisarla de nuevo a los seis meses. Además, se prohíbe que las empresas compensen esa revalorización con pluses o variables.
Quién podrá beneficiarse de la subida y cómo funcionará la revisión semestral vinculada a la inflación
El SMI se fijará cada año, previa consulta con sindicatos y patronales, y podrá revisarse semestralmente cuando las previsiones del índice de precios de consumo no se cumplan. En la práctica: si la inflación corre más que el SMI, habrá segunda revisión. ¿Cuándo entrará en vigor? Al aprobarse el real decreto por el Consejo de Ministros, sin necesidad de convalidación parlamentaria. Vamos al grano: la revalorización buscará mantener el poder adquisitivo.
Para cada fijación o revisión se pedirá informe previo de la Comisión Asesora del SMI, que emitirá análisis anuales o semestrales y podrá recabar colaboración de administraciones y entidades públicas.
Prohibición de compensar con pluses y variables tras la revalorización del salario mínimo interprofesional
Trabajo cierra la puerta a la absorción con complementos. Si el salario anual a jornada completa ya supera el SMI, se considerará compensado, pero sin contar determinados complementos salariales. ¿Qué pluses quedan fuera?
- Pluses ligados a condiciones de trabajo (nocturnidad, toxicidad, penosidad, peligrosidad, turnicidad o disponibilidad); complementos personales (antigüedad o formación); pluses por cantidad o calidad (productividad, comisiones); y aquellos declarados no compensables por convenio.
En consecuencia, la revalorización del SMI no podrá diluirse restando estos conceptos. Además, el salario en especie no reduce la cuantía íntegra en dinero que marca el mínimo legal.
Comisión Asesora y requisitos para cumplir la Carta Social Europea en la fijación del salario mínimo interprofesional
El real decreto transpone la Directiva (UE) 2022/2041 y consolida por ley a la Comisión Asesora como órgano estable, adscrito a Trabajo. Su cometido: recomendar la subida del SMI y, si procede, su revisión semestral. Por otro lado, el SMI deberá ajustarse a la Carta Social Europea: situarse en el 60% del salario medio y computar solo retribución en dinero. Ni más ni menos.
A continuación, así queda la composición de la Comisión Asesora, con un total de catorce miembros:
Cargo o representación | Número de miembros |
---|---|
Presidencia | 1 |
Secretaría | 1 |
Vocalías designadas por Trabajo, Economía y Hacienda | 3 |
Vocalías propuestas por organizaciones sindicales | 2 |
Vocalías propuestas por organizaciones empresariales | 2 |
Vocalías de personas expertas propuestas por el Ministerio | 5 |
Esta arquitectura asegura participación institucional y técnica. Y, por tanto, dota de estabilidad a las decisiones sobre el SMI. ¿El objetivo final? Garantizar una remuneración equitativa y suficiente, conforme al marco europeo.