La pensión por incapacidad permanente, en su modalidad contributiva, trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral. La misma deriva de una baja laboral, de la cual el trabajador no se ha recuperado o mejorado de la lesión sufrida, pero, ¿cuánto dura dicha baja para conseguir la incapacidad permanente? En este sentido, la normativa legal de la Seguridad Social aclara todas las dudas, indicando plazos y procedimientos para esta prestación.
¿Cuánto tiempo tiene que durar la baja laboral para ser beneficiario de una pensión por incapacidad permanente?
La pensión por incapacidad permanente está dirigida a las personas incluidas en cualquier régimen de la Seguridad Social que reúnan los requisitos exigidos para cada grado de incapacidad. Y es que dependiendo del grado reconocido se exigen unos requisitos generales y de cotización. Además, la cuantía está determinada por la base reguladora y el porcentaje que se aplica según el grado de incapacidad permanente reconocido. Hacemos un breve inciso para recordar que las pensiones contributivas se han incrementado un 3,8 % en 2024.
Sin embargo, a esta situación le precede una baja laboral máxima para poder acceder a la pensión de incapacidad permanente. La Ley de la Seguridad Social indica que un trabajador/a puede estar de baja cobrando la prestación 365 días. Este periodo de tiempo, se le puede sumar una prórroga de 180 días, con informe previo del médico correspondiente. Por lo tanto, el tiempo que puedes estar de baja laboral para conseguir la pensión por incapacidad permanente es de 545 días (1 año y seis meses aprox.).
Cuantía y pagos 2024
Cómo hemos citado en líneas anteriores, la cuántica se calcula por la base reguladora y el porcentaje según el grado de incapacidad. La Seguridad Social desglosa, así, la lista con las posibles cuantías de la pensión de incapacidad permanente en 2024:
- Incapacidad permanente parcial: indemnización a tanto alzado (24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal).
- Incapacidad permanente total: 55% de la base reguladora. Esta cantidad se aumenta 20% a partir de los 55 años, cuando se acredite la dificultad de encontrar empleo en otra actividad laboral.
- Gran invalidez: se obtiene aplicando a la base reguladora el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, incrementada con un complemento.
- Incapacidad permanente absoluta:100% de la base reguladora.
Para finalizar, la pensión de incapacidad permanente por accidente de trabajo o enfermedad profesional se abona en 12 mensualidades, ya que las pagas extraordinarias están prorrateadas en las mensualidades.
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