Seguro que recuerdas el 28 de abril de 2025: ese martes, un gran apagón nos pilló con la tostadora a medias y el semáforo del barrio haciendo mutis por el foro. Desde entonces, media España se pregunta cómo es posible que toda la red peninsular se viniera abajo a la vez. Pues bien, el Gobierno no ha tardado en pisar el acelerador. El Real Decreto‑ley 7/2025, de 24 de junio, ha llegado para que el susto no se repita (o, al menos, para ponérselo difícil). Ocho bloques de medidas, plazos concretos y alguna que otra colleja burocrática se reparten la tarea. A nadie le va a sorprender que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el operador del sistema tengan ahora más deberes que un estudiante en junio. Y, ojo, porque hay guiños jugosos al almacenamiento, al coche eléctrico y a la industria: todo sea por enchufar más y mejor.
¿Por qué un nuevo decreto urgente tras el apagón del 28 de abril de 2025?
El famoso apagón dejó claro que el sistema eléctrico peninsular era menos robusto de lo que presumíamos. El Consejo de Ministros, tirando de artículo 86 de la Constitución, aprobó el 24 de junio el Real Decreto‑ley 7/2025, que entró en vigor el 25 de junio (salvo el artículo 32, activo desde el 24 de junio). La norma se sustenta en el informe de un comité técnico que diseccionó la crisis y dividió sus recomendaciones en ocho capítulos: supervisión, control de tensión, almacenamiento, flexibilidad, electrificación, movilidad, repotenciación renovable y retoques legales.
Además de reparar averías, el texto intenta anticiparse a la demanda extra que traerán la bomba de calor del salón, el coche que cargas en el garaje y la fábrica de tu polígono industrial. Todo ello con una consigna sencilla: más datos públicos y menos silencios incómodos cuando la luz parpadee.
Encargos y plazos obligatorios tras el decreto
Encargo principal | Plazo obligatorio | Responsable directo |
---|---|---|
Informe de seguimiento sobre control de tensión | 6 meses | CNMC |
Plan de inspección extraordinaria de reposición | 12 meses | CNMC |
Propuestas normativas para reforzar resiliencia | 3‑15 meses | Operador del sistema |
Agilización del almacenamiento hibridado (tramitación a la mitad) | Inmediato | Administración General del Estado |
Tanto el informe como el plan de inspección deberán actualizarse cada tres años y, lo que es mejor, serán públicos. Así sabremos quién aprueba y quién “suspende” en control de tensión sin tener que pedir el dato por ventanilla.
Cómo se refuerza la resiliencia del sistema eléctrico ante un apagón
Para empezar, la CNMC deberá vigilar que todas las centrales (incluidos ciclos combinados y renovables con arranque autónomo) cumplan los límites de tensión. Si alguien juega al despiste, las sanciones llegarán más rápido que la factura de junio. Por su parte, el operador del sistema tendrá que revisar los requisitos técnicos de inyección de potencia y proponer cambios normativos antes de 15 meses.
La Ley 24/2013 se retoca para que el operador gestione y comparta datos con los consumidores finales. Además, cuando varias plantas compartan línea, estarán obligadas a rubricar quién responde de qué. De no ponerse de acuerdo, la responsabilidad se repartirá según la potencia que figura en sus permisos. Aquí no vale esconderse detrás del cable.
Almacenamiento y flexibilidad: de las baterías al autoconsumo compartido
El decreto declara “de utilidad pública” los sistemas de almacenamiento y sus líneas de evacuación. Traducción coloquial: la batería de gran tamaño deja de ser un capricho privado y pasa a considerarse servicio esencial, con los beneficios urbanísticos y fiscales que eso conlleva.
Además, el almacenamiento hibridado con renovables disfrutará de trámites a la mitad y, si la evaluación ambiental ya se hizo para el parque solar original, no habrá que repetirla (siempre que no te salgas del perímetro evaluado). Para redondear, se crea la figura del gestor de autoconsumo, ese profesional que, previa autorización, se encarga de todos los papeleos eléctricos mientras tú sigues con tus cosas.
Electrificación industrial y movilidad: más vatios y menos papeleo
La industria electrointensiva recibe un descuento del 80 % en los peajes eléctricos entre el 23 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Una ayudita que, francamente, suena mejor que la típica rebaja del “todo a cien” eléctrico. Asimismo, los hornos y calderas eléctricos quedarán fuera del cálculo del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
En carreteras, las estaciones de recarga de alta potencia (> 3.000 kW) se liberan de buena parte de las autorizaciones, salvo que necesiten declaración de utilidad pública o evaluación ambiental. Y, si la distribuidora tarda, la empresa instaladora podrá hacer la extensión de red y obligar a la compañía a conectar en plazo tasado.
Cambios legales que debes tener en el radar
El decreto retoca un buen puñado de normas (Ley 24/2013, RD 413/2014, RD 1183/2020, RD‑ley 23/2020, etc.) para adaptar definiciones, acelerar permisos y acotar caducidades. Por ejemplo, todo consumidor conectado a > 1 kV perderá su permiso si no usa la potencia en cinco años. También se reduce a la mitad el trámite para repotenciar una planta renovable en menos de un 25 % de potencia adicional.
Por si fuera poco, los nudos de transición justa amplían radio de acción y las horas equivalentes mínimas de funcionamiento con incentivos se recortan un 25 % en 2025. En resumen: la letra pequeña crece, pero (prometen) el papel sobrante se quema.
Pasos rápidos para no quedarse a oscuras
Antes de que llegue el próximo susto, conviene tener claro qué puede hacer cada cual.
- Revisa tu contrato y confirma que tu tarifa incluye compensación por cortes largos.
- Comprueba la instalación interior y, si procede, instala protección contra sobretensiones.
- Aprovecha los incentivos para baterías domésticas o micro‑redes de barrio.
- Si planeas un punto de recarga, pide ya la extensión de red: los nuevos plazos juegan a tu favor.
- Suscríbete a las alertas públicas de la CNMC para saber si tu zona está en riesgo de tensión.*
Estos cinco gestos cuestan menos que una cena fuera y te ahorrarán velas de emergencia.
Una vez hechos los deberes, mantén los documentos a mano. El decreto endurece inspecciones y las distribuidoras pedirán papeles cuando menos lo esperes.
Recomendaciones prácticas para empresas y hogares
Empresas. Solicita, antes del 31 de diciembre de 2025, la reducción del 80 % en peajes si consumes mucha electricidad; la ventanilla está en tu comercializadora, pero la CNMC lo valida. Estudia además la hibridación con baterías: los plazos de autorización caen a la mitad y el redespacho a la baja ya no penaliza tu parque solar.
Hogares. Si vives en comunidad, recuerda que la Ley de Propiedad Horizontal ahora menciona expresamente la aerotermia. Una mayoría simple basta para instalarla en zonas comunes. Pregunta en tu ayuntamiento porque el IBI y el ICIO pueden descontarse si montas bomba de calor antes de fin de año.
Por último, tanto pymes como particulares deberían registrar su instalación de autoconsumo en la plataforma del operador del sistema; a partir de 2026 será el canal preferente para reclamar compensaciones por vertido de excedentes.