A partir del pasado 3 de abril de 2025, ningún propietario podrá destinar su vivienda a uso turístico sin la aprobación de su comunidad. La nueva Ley Orgánica 1/2025 reforma la Ley de Propiedad Horizontal y coloca la decisión en manos de los vecinos: será imprescindible un acuerdo de tres quintas partes para que un piso se anuncie como alojamiento de corta duración. El Gobierno pretende así frenar el “sobreturismo”, reducir el ruido y, sobre todo, devolver viviendas al alquiler residencial.
Cuáles son las nuevas obligaciones para los propietarios que quieran alquilar su vivienda turística
¿Pensabas colgar el cartel de “se alquila” sin más? Ahora tendrás que convencer a tus vecinos. La junta decidirá si el uso vacacional es compatible con la convivencia y, solo con esa mayoría reforzada, podrás seguir adelante. En caso contrario, el piso tendrá que permanecer fuera de las plataformas de alquiler turístico.
Además, la comunidad podrá exigir una cuota adicional de hasta el 20 % para sufragar el mayor desgaste de portales, ascensores y otras zonas comunes provocado por la rotación de huéspedes.
Mayoría cualificada de tres quintas partes: así se votará en la junta de vecinos
La votación se celebrará en junta ordinaria o extraordinaria. Será válida cuando participen propietarios que representen, al menos, tres quintas partes tanto de los coeficientes como de los asistentes. Si alcanzas ese respaldo, el acuerdo se inscribirá en el acta y podrás registrar el piso como turístico. Si no, tocará esperar un año para volver a plantearlo. ¿Lograrás sumar apoyos suficientes?
Fecha clave | Qué ocurre |
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3 abril 2025 | Entra en vigor la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal |
2 enero 2025 | Se pone en marcha la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos |
Julio 2025 | La Ventanilla Única comienza a operar al 100 % |
Cuotas adicionales de hasta un veinte por ciento para compensar zonas comunes
¿Has calculado el impacto económico? La ley faculta a la comunidad para aprobar una derrama o recargo anual de hasta el 20 % sobre tu cuota de participación. El objetivo es cubrir la limpieza extra, el desgaste de cerraduras o la sustitución de bombillas en escaleras. Esta medida, además, disuade a quienes veían en el alquiler vacacional una vía rápida de ingresos sin asumir costes reales.
Para cerrar el círculo, el Gobierno ha creado la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos. Desde enero ya se puede acceder al portal, aunque su plena operatividad llegará en julio. Allí se volcarán todos los contratos de corta duración y se comprobará si cuentan con el permiso comunitario. Sin inscripción, el anuncio será ilegal y podría acarrear sanciones.
Antes de lanzar tu anuncio, revisa que cumples estos pasos:
- Obtener el acta de aprobación vecinal con mayoría de tres quintas partes, abonar la cuota adicional si procede y registrar el contrato en la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos.
Por tanto, la reforma convierte a la comunidad de vecinos en el primer filtro para los pisos turísticos. Quien quiera arrendar por días deberá sumar aliados en la junta y asumir costes adicionales. De lo contrario, su vivienda tendrá que incorporarse al mercado residencial, un alivio para muchos jóvenes que buscan alquiler estable y que, hasta ahora, veían un auténtico quebradero de cabeza en los precios disparados.