El Consejo de Ministros ha aprobado la renovación del Plan Moves III, extendiendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 y asignando 400 millones de euros para impulsar la movilidad sostenible. Con esta iniciativa, quienes adquieran un coche eléctrico y entreguen uno antiguo podrán recibir hasta 7.000 euros de ayuda. En el caso de vehículos comerciales, la cuantía puede ascender a 9.000 euros. Además, se contemplan incrementos del 10% para determinados colectivos, como personas con discapacidad, y se mantiene la subvención a la instalación de puntos de recarga, con porcentajes que van del 20% al 80%.
¿Quiénes pueden solicitar estas nuevas ayudas estatales y por qué resultan tan relevantes para el sector?
El Plan Moves III está dirigido a particulares, autónomos y administraciones que adquieran un vehículo eléctrico, de pila de combustible o híbrido enchufable. Esto incluye turismos, furgonetas, motocicletas y cuadriciclos que cumplan la exigencia de una antigüedad máxima de 12 meses y, en el caso de las motos, una autonomía mínima. ¿Te interesa saber más? El sector automovilístico llevaba meses reclamando la reactivación de estas ayudas tras la caída del decreto ómnibus en enero, que había dejado sin incentivos la compra de vehículos cero emisiones.
Pasos, documentación necesaria y plazos de solicitud en cada comunidad autónoma para poder tramitar la subvención
Para acceder a la ayuda, se debe presentar la solicitud en la comunidad autónoma de residencia. Normalmente, piden el justificante de compra o reserva del vehículo, la documentación de baja definitiva de uno antiguo (si se desea el máximo importe) y la cumplimentación de formularios específicos. El concesionario, en la mayoría de casos, puede actuar como intermediario para agilizar la gestión. Saber que el abono de la ayuda suele tardar de uno a dos años, dependiendo de los recursos de cada autonomía. Sin embargo, el Gobierno ha prometido mayores facilidades y una simplificación de trámites para acelerar este proceso.
A continuación, te resumimos los requisitos básicos que debes cumplir:
- Ser residente en la comunidad donde se solicita la subvención.
- Contar con la factura o justificante de compra de un vehículo eléctrico.
- Presentar el certificado de achatarramiento (si aplica) del vehículo antiguo.
- Acreditar la documentación fiscal que requiera cada autonomía.
Cómo tributan estas nuevas prestaciones en la declaración de la renta y qué tener en cuenta
La cuantía percibida se considera ganancia patrimonial y debe reflejarse en la declaración del IRPF del ejercicio en el que se reciba. Si todavía no la has cobrado, no tendrás que declararla hasta que llegue el abono. El gravamen final dependerá de tu tramo de renta y de la escala autonómica que te afecte.
Antes de darte de alta en estas ayudas, conviene revisar los importes. En esta tabla puedes ver algunos ejemplos:
Tipo de vehículo | Con achatarramiento | Sin achatarramiento |
---|---|---|
Turismo eléctrico | Hasta 7.000 € | Hasta 4.500 € |
Vehículo comercial | Hasta 9.000 € | Hasta 7.000 € |
Motocicleta eléctrica | Hasta 1.300 € | Hasta 1.100 € |
Como ves, entregar un vehículo antiguo ayuda a maximizar la subvención.
Consejos para trabajadores y autónomos que deseen agilizar la solicitud de estas ayudas estatales
En primer lugar, se recomienda reunir todos los papeles (factura, ficha técnica, datos del coche a achatarrar) antes de iniciar la solicitud para evitar retrasos. Por otro lado, puedes plantearte fórmulas de financiación como leasing o renting, siempre que se cumpla la antigüedad máxima de 12 meses. De hecho, muchas concesionarias se ofrecen a gestionar el trámite de forma gratuita.
El objetivo final de esta ampliación del Plan Moves III hasta diciembre de 2025 es reducir emisiones, impulsar la transición energética y dar estabilidad al sector del automóvil en un momento de continuos cambios. ¿Pensando en dar el salto a la movilidad eléctrica? Ahora es el momento de aprovechar estas ayudas y revisar todos los requisitos para no quedarte fuera.
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