Ya es oficial la reforma básica que se ha llevado a cabo y que ahora va a permitir a los trabajadores que cobren una renta inferior a 1.350 euros, ser beneficiarios del paro del SEPE al mismo tiempo. De esta manera, se busca reducir las cargas económicas a la vez que también se fomenta el retorno al trabajo. El Gobierno ha dado la luz verde para que esta medida se pueda compatibilizar a partir de 2025. Se trata del complemento de apoyo al empleo y que cuenta con una serie de requisitos que hay que saber para conocer si podemos usarlo. Te explicamos con más detalle cómo funciona esto de cobrar una prestación por desempleo del SEPE y trabajar al mismo tiempo.
Cómo funciona esta medida del Gobierno para ayudar a la estabilidad financiera y la inserción laboral
Con esta medida del Gobierno para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, es posible compaginar paro y trabajo. Ahora bien, para ello, es necesario que los trabajadores tenga un salario que no supere los 1.350 euros (225% del IPREM). Además, dicha compatibilidad solo es posible cuando la duración de la prestación del paro tenga un mínimo de 12 meses y que, además, se hayan agotado 9 meses de la misma. De esta forma, se quiere facilitar el acceso a una estabilidad financiera, cuando un trabajador encuentre un empleo con bajo salario, cobrando la ayuda del SEPE y el sueldo.
Es importante saber que esta forma de compatibilizar paro y trabajo, no se pueden usar por más de 6 meses, es decir, 180 días. Además, no habrá reducción de la cuantía inicial, pero sí se hará un ajuste al tipo de jornada laboral y del trimestre donde se encuentre el beneficiario. Saber que la cuantía inicial del complemento al apoyo es del 80% del IPREM (480 euros). Ya para el año 2026, el límite del salario más el paro de los trabajadores subirá al 375% del IPREM, evitando de esta forma abusos y dando las ayudas a quienes realmente las necesitan.
Cuáles son los importes que se van a cobrar por el complemento de apoyo al empleo
En la siguiente tabla indicamos como será la reducción de la cuantía del complemento de apoyo al empleo de las personas trabajadoras que trabajen a tiempo completo y parcial, según la jornada laboral y el trimestre:
Trimestre | Empleo a tiempo completo (% IPREM) | Empleo a tiempo parcial >= 75% de la jornada (% IPREM) | Empleo a tiempo parcial <75% y >=50% de la jornada (% IPREM) | Empleo a tiempo parcial <50% de la jornada (% IPREM) |
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1 | 480 € | 450 € | 420 € | 360 € |
2 | 360 € | 300 € | 270 € | 240 € |
3 | 240 € | 210 € | 180 € | 150 € |
4 | 180 € | 150 € | 120 € | 90 € |
5 y siguientes | 120 € | 90 € | 60 € | 30 € |
No dudes en visitar el apartado de prestaciones de nuestra web de la Comunidad de Madrid, y así estar informado sobre otras ayudas de las que puedes ser benficiario, siempre y cuando cumplas con los requisitos.