Un abogado laboralista, Miguel Benito, ha puesto el foco en los límites legales del teletrabajo en España a propósito de un caso llamativo: un trabajador apareció en una reunión virtual sentado en una tumbona en la playa. La advertencia es clara: teletrabajar desde otra ciudad durante las vacaciones sin avisar a la empresa puede derivar en sanciones e incluso en despido.
En este sentido, la Ley 10/2021, de 9 de julio, establece que el trabajo a distancia debe realizarse desde el domicilio o desde el lugar previamente acordado con la empresa, no desde ubicaciones improvisadas. Por este motivo, ignorar el acuerdo de teletrabajo compromete el cumplimiento de las obligaciones legales de la compañía y habilita medidas disciplinarias.
Teletrabajo en España y Ley 10/2021: obligaciones, control empresarial y riesgo de despido
Según relata Benito, un empleado sorprendió a su jefa al conectarse a una reunión online desde la playa. El letrado subraya que, aunque muchas empresas ofrecen cierta flexibilidad, el marco jurídico no permite improvisar la ubicación sin previo aviso. “Ese trabajador ha incumplido la ley, probablemente sin saberlo, pero no es excusa”, sostiene el abogado. Su recomendación es directa: “si esta semana vas a teletrabajar desde otra ciudad o desde una segunda residencia, lo mejor es avisar. De esta forma evitas problemas y proteges tus derechos”.
Además, recuerda que muchas compañías solo permiten el acceso mediante redes seguras (VPN), lo que deja constancia de la ciudad de conexión. Dado lo anterior, teletrabajar desde una localización no pactada es fácilmente detectable.
La “Ley del Trabajo a Distancia” deja claro en su artículo 2 que “los servicios en modalidad de teletrabajo deben prestarse desde el domicilio del trabajador o el lugar previamente pactado con la empresa”. Y, para verificarlo, el artículo 22 autoriza que “la empresa podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por la persona trabajadora de sus obligaciones y deberes laborales”.
Ley 10/2021: derechos laborales, desconexión, compensación de gastos y seguridad
La Ley 10/2021 regula el trabajo a distancia en España: define el teletrabajo, fija derechos laborales, la compensación de gastos, el derecho a la desconexión y las normas de seguridad y salud. Fue publicada en el BOE n.º 164 el 10 de julio de 2021 y entró en vigor el 11 de julio (en su mayor parte).
Tras la pandemia, el teletrabajo se consolidó, lo que llevó al Gobierno a regularlo. Según datos de Ontsi y del Ministerio para la Transición Digital, más de 2,3 millones de personas trabajan de forma habitual desde casa en España, alrededor del 14% de la población ocupada. La modalidad híbrida gana peso, aunque persisten dudas sobre sus límites legales.
La advertencia de Benito llega en un momento en que muchos empleados retrasan sus vacaciones a septiembre para aprovechar mejores precios y menos afluencia. El mensaje es prevenir: comunicar a la empresa cualquier cambio de ubicación antes de teletrabajar. Accede a nuestra sección de empleo para conocer otras noticias laborales relevantes.