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Inicio » Actualidad » Dos trabajadores públicos indemnizados por tener que cogerse días de vacaciones para hacer un curso

Dos trabajadores públicos indemnizados por tener que cogerse días de vacaciones para hacer un curso

No es la primera vez que este órgano público es sancionado por el mismo motivo, ya que en 2021 fue condenado por vulnerar el mismo derecho.

Por Madridinforma
8 de mayo de 2025 a las 12:30
en Actualidad
Tiempo de lectura: 3 minutos
Dos auxiliares de biblioteca indemnizados por tener que coger días de vacaciones para realizar un curso.

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El Juzgado de lo Social 4 de Santander ha condenado a la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deportes a indemnizar a dos trabajadores a los que denegó días de permiso en el trabajo para realizar un curso de formación. Los trabajadores en cuestión son dos auxiliares de la Biblioteca Central de Cantabria, por lo que pertenecen a la administración pública autonómica. Ambos tuvieron que solicitar días de vacaciones para realizar la formación.

Dos auxiliares de biblioteca tendrán que ser indemnizados 

La demanda fue interpuesta por UGT ante los juzgados pertinentes para denunciar la vulneración de derechos que se había cometido al denegar las horas libres de formación a  los dos empleados públicos. En el fallo de la sentencia, el juzgado aprecia dicha vulneración de derecho y obliga a indemnizar a la SRECD (Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deportes) pagando 3.750 euros a cada uno de los trabajadores además de no computarse los días de asuntos propios que utilizaron para llevar a cabo la formación.

La sentencia es firme y en ella se explican los hechos, que sucedieron en 2023, de forma más exacta. Los auxiliares de biblioteca solicitaron el permiso en el trabajo para realizar un curso de restauración de libros y documentos que iba a ser impartido en la misma Biblioteca Central y este les fue denegado por la SRECD argumentando que el curso no estaba organizado por ellos y que debían de cumplir con el servicio de la BIblioteca durante esas horas. 

Desde el juzgado, han rechazado este argumento y además han destacado que la formación es un derecho laboral básico: «los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación para el empleo vinculada a la actividad de la empresa». Y en este caso, ambos trabajadores cumplían con este requisito.

La SRECD vuelve a vulnerar este derecho

Lo más llamativo de este caso, es que la SRECD no es la primera que es sancionada por el mismo motivo. Al parecer, según recalca UGT, esta sociedad dependiente del gobierno autonómico cántabro ya fue condenada en 2021 por vulnerar un derecho básico que pertenece a los trabajadores. 

Además, desde el sindicato también destacan que es especialmente grave y criticable que un ente público vulnere un derecho tan básico como es el permiso por formación cuando debería ser un ejemplo de todo lo contrario y preocuparse la formación de sus empleados, que se verá directamente repercutido en la calidad del servicio y en la atención al público.

La sentencia concluye y justifica su decisión haciendo referencia al Estatuto de los Trabajadores pues, según este, el comportamiento de la SRECD vulnera el derecho estipulado en el artículo 4.2b referente a la promoción y a la formación profesional. Por lo tanto, el ente público tendrá que efectuar la indemnización y otorgar los días libres por formación a los trabajadores.

Visita nuestra sección de actualidad para conocer más sentencias como esta sobre vulneración de derechos laborales.

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