Las donaciones de bienes entre familiares es un tema común, especialmente entre padres e hijos. Sin embargo, es importante conocer los límites legales para evitar problemas con la Agencia Tributaria. El hecho de no conocer la ley, no nos exime de cumplirla, por lo que es importante tener muy claro que podemos donar y que no, ya que seguramente estemos en esa situación en algún momento de nuestra vida. En este artículo, analizaremos las donaciones de dinero entre padres e hijos y los umbrales establecidos por Hacienda para que estas operaciones se realicen de forma segura y transparente.
¿Qué dice la ley sobre las donaciones entre familiares?
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) regula la transmisión gratuita de bienes entre vivos (lógicamente). Al realizar una donación, tanto el donante como el donatario deben cumplir con ciertas obligaciones fiscales. Si bien no existe un límite fijo a partir del cual Hacienda inicie una investigación, sí hay ciertos umbrales que es conveniente tener en cuenta para evitar complicaciones. Quede claro que, por poder, pueden investigar hasta 50 euros si quisieran, pero no van a gastar energías en nimiedades.
Las entidades financieras están obligadas a comunicar a la Agencia Tributaria cualquier movimiento superior a 3.000 euros. Esto significa que si realizas una donación de esta cantidad o superior, Hacienda tendrá conocimiento de la operación. Sin embargo, esto no implica necesariamente una investigación, ya que el límite de 3.000 euros es simplemente un umbral de información. Pero, creemos que es aconsejable tenerlo todo en orden y declarado para no meternos en ningún embrollo, y porque hay que ser buen ciudadano, por supuesto.
Más allá del umbral de los 3.000 euros, lo fundamental es poder justificar el origen de los fondos donados. Si Hacienda considera que no hay una justificación adecuada, podría iniciar una investigación y solicitar información adicional. La Administración Tributaria debe notificar al contribuyente el inicio de la inspección. En esta comunicación se indicará, entre otras cosas, el objeto de la inspección, el periodo de tiempo y el plazo en el que el contribuyente debe aportar la documentación solicitada. De manera general, puede durar hasta 18 meses, pero esta es una fecha orientativa.
¿Qué pasa si supero el límite de 3.000 euros?
Si decides realizar una donación superior a 3.000 euros, es recomendable que te asesores con un profesional. Un asesor fiscal podrá ayudarte a cumplir con todas las obligaciones tributarias y a diseñar una estrategia que minimice el impacto fiscal de la operación. En caso de no poder demostrar de donde proviene el dinero, Hacienda impondrá un recargo sobre la cantidad que debías pagar dependiendo del tiempo que haya transcurrido. Así, tendrás que abonar los impuestos por la donación más un porcentaje, como recoge la Ley 11/2021 o Ley Antifraude.
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