El plazo de solicitud de las ayudas para mejorar la accesibilidad en edificios residenciales y viviendas en la Comunidad de Madrid, finaliza el 31 de enero de 2023.
Las ayudas aprobadas por el Consejo de la Comunidad de Madrid en la Orden 3607/2022 están destinadas a facilitar la accesibilidad de viviendas a todos los ciudadanos, y en especial a las personas con discapacidad.
Para beneficiarse de estas ayudas, las obras deben haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2022. Además, hay que tener en cuenta que el plazo máximo de finalización de las obras desde la concesión de la ayuda es de 12 meses en el caso de las viviendas unifamiliares y de 24 meses en el caso de los edificios.
¿Qué tipos de viviendas pueden beneficiarse de estas ayudas en la Comunidad de Madrid?
Estas son las obras que se pueden realizar al solicitar estas ayudas:
- Mejora de las condiciones de seguridad de utilización y de accesibilidad.
- Instalación de ascensores.
- Instalación de rampas, salvaescaleras u otros dispositivos de accesibilidad.
- Elementos de control, aviso, información y apoyo (señales luminosas o sonoras, domótica).
- Accesibilidad dentro de las viviendas (baños, cocinas y vías de circulación).
¿Quiénes se pueden beneficiar de estas ayudas?
Las personas y entidades a las que van dirigidas estas ayudas son los siguientes:
- Propietarios o usufructuarios únicos de edificios de viviendas.
- Propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares.
- Propietarios o usufructuarios de viviendas incluidas en un edificio residencial de vivienda colectiva.
- Comunidades de propietarios y agrupaciones.
- Administraciones públicas.
- Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
- Sociedades cooperativas.
¿Cuál es el importe de las ayudas?
La cuantía de las ayudas depende del tipo de vivienda:
- En viviendas unifamiliares: 12.500€.
- En viviendas situadas en edificios residenciales colectivos: 6.000€.
- En edificios residenciales colectivos: 9.000€ por viviendas y 90€ por metro cuadrado de superficie construida en local comercial.
¿Qué requisitos tienen que cumplir las viviendas y residenciales para beneficiarse de estas ayudas?
Estas son las condiciones que se deben reunir para obtener las ayudas de mejora de la accesibilidad:
- Se necesita un Informe de Evaluación del Edificio (IEE), con fecha anterior a la solicitud.
- Los edificios y viviendas deben estar finalizados antes del año 2006.
- Acuerdo de la comunidad de propietarios.
- Contar con las autorización administrativa correspondiente.
- Es necesario un Proyecto de Ejecución o Memoria Técnica.
- Que el 50% de la superficie construida tenga uso residencial de vivienda.
- Que el 30% de la viviendas sean el domicilio habitual.
¿Cómo realizar la presentación de la solicitud?
Para solicitar la ayuda hay que cumplimentar el modelo oficial que establece la Orden 3067/2022 y preferentemente se realizará de forma telemática. Para su tramitación se necesitará el Certificado Electrónico con firma electrónica en vigor. Puedes entrar en este enlace para realizar la tramitación telemática.
También, puede presentar la solicitud y la documentación necesaria de forma presencial en las oficinas de registro de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura. Para ello es imprescindible que solicites la cita previa entrando en este enlace.
A través de este enlace puedes obtener los documentos necesarios que deberá aportar junto con la solicitud.
Si estás buscando otras ayudas en la Comunidad de Madrid has dado con el sitio clave, porque te explicamos todos los pormenores de las prestaciones otorgadas en tu comunidad.