Las personas que perciben el Ingreso Mínimo Vital (IMV) están obligadas a presentar la Declaración de la Renta en 2025, un requisito esencial que puede determinar si continúan cobrando esta ayuda económica de la Seguridad Social. La novedad más destacada es que, a partir del 2 de abril de 2025, entra en vigor la Campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio de 2024, cuyo incumplimiento podría poner en peligro la prestación.
A partir de abril de 2025, cualquier beneficiario del Ingreso Mínimo Vital deberá rendir cuentas a Hacienda y presentar la Declaración de la Renta antes del 30 de junio. De no hacerlo, la Seguridad Social podrá suspender el pago del IMV. Además, se mantiene la subida del 9% en las cuantías garantizadas de esta prestación, situándose en 658,81 euros al mes para un beneficiario individual.
Conoce las nuevas obligaciones tributarias para mantener el Ingreso Mínimo Vital en 2025
Presentar la Declaración de la Renta es uno de los requisitos indispensables para quienes hayan cobrado el IMV en 2024. ¿Te preguntas si debes declarar todos tus ingresos? Según Hacienda, las cuantías que superen los 12.600 euros anuales se consideran rendimientos del trabajo. Esto significa que solo tributarás por el exceso si recibes ayudas o prestaciones adicionales. Para facilitar la comprensión, a continuación se muestra una tabla con las fechas clave de la Campaña de la Renta 2025:
Fecha | Acción |
---|---|
2 de abril de 2025 | Inicio de la Campaña de la Renta y Patrimonio 2024 |
30 de junio de 2025 | Fin del plazo para presentar la Declaración de la Renta |
Como indican expertos de BBVA, aunque el IMV esté exento en su mayor parte, la presentación de la declaración es obligatoria para todos los perceptores. De hecho, la Agencia Tributaria informará a la Seguridad Social sobre los ingresos percibidos en 2024, lo que determinará si el ciudadano conserva, aumenta, reduce o pierde esta ayuda.
Cómo presentar la Declaración de la Renta y evitar perder la prestación social
El proceso para rendir cuentas a Hacienda puede realizarse tanto de manera presencial como telemática. En caso de familias beneficiarias del IMV con hijos menores, se recomienda la declaración conjunta si existe matrimonio; de no ser así, uno de los progenitores podrá incluir a los hijos y el otro declarar en solitario. ¿Te interesa agilizar el trámite? Preparar la documentación y confirmar que tus datos estén actualizados en la Agencia Tributaria resulta clave para evitar sorpresas.
Además de este aspecto tributario, es fundamental cumplir el resto de requisitos que dieron origen al IMV. Ojo con los viajes al extranjero de más de 90 días sin comunicarlo o con los indicios de incumplimiento de las condiciones de la ayuda, ya que pueden suspender o extinguir la prestación.
Otras circunstancias que pueden ocasionar la suspensión definitiva del Ingreso Mínimo Vital
La Seguridad Social contempla diferentes supuestos que ponen fin al derecho a cobrar el IMV. Entre ellos:
- Pérdida definitiva de los requisitos iniciales
- Incumplimiento reiterado de obligaciones (por ejemplo, la compatibilidad con rentas del trabajo)
- Renuncia expresa del titular
- Fallecimiento de la persona beneficiaria (aunque otro miembro de la unidad de convivencia podrá solicitarlo de nuevo)
En todos estos casos, la prestación deja de abonarse y, si la suspensión supera un año, se extingue el derecho de forma definitiva.
Por consiguiente, presentar la declaración de la Renta y mantener actualizados los requisitos del IMV es esencial para no perder esta prestación en 2025. Conviene revisar con tiempo la documentación y, ante cualquier duda, consultar con los organismos oficiales para asegurarse de que todo está en regla. También, te aconsejamos que conozcas las últimas novedades sobre el Ingreso Mínimo Vital, visitando la sección de prestaciones de nuestro periódico digital.