Los datos salariales todavía generan mucha tensión entre algunas empresas y sus empleados. En torno a los sueldos gira un secretismo que en 2026 y acorde a una normativa europea podría terminar en 2026. La Unión Europea pretende reforzar así el principio de igualdad de retribución entre los empleados, especialmente entre hombres y mujeres por realizar un mismo trabajo.
De acuerdo a estas nuevas normas de la UE, las empresas que se encuentren en este espacio estarán obligadas a partir de 2026 a facilitar información sobre los salarios y a tomar medidas si su brecha retributiva de género supera el 5%. La Directiva prevé disposiciones en las que se establecen las indemnizaciones a las víctimas de discriminación retributiva y multas para quienes infrinjan las normas.
Un trabajador despedido por publicar el salario en Facebook
Sin embargo, un trabajador fue despedido por publicar en la red social de Facebook las tablas salariales de su empresa. Los hechos se remontan al 2021, cuando el empleado se encontraba disfrutando de su permiso de paternidad y publicó en un grupo de Facebook con 22.700 miembros las tablas salariales de la empresa para la que trabajaba. La entidad decidió iniciar una investigación en abril de 2021 y citó al trabajador para una reunión en la sede de la empresa a pesar de seguir de baja paternal para que les explicará el motivo de su publicación.
El trabajador alegó una intromisión en su legítimo permiso de paternidad y en junio de 2021, cuando aún estaba de permiso por paternidad, la empresa procedió al despido disciplinario. Según argumentó la compañía, el empleado había incurrido en la infracción de la cláusula 17 de su contrato laboral, así como los artículos del Estatuto de los Trabajadores referentes a las condiciones del despido contractual y al 65 que hace referencia a la transgresión de la buena fe contractual.
Dos sentencias con diferentes fallos
El trabajador decidió demandar a la empresa para que el despido fuese declarado como nulo, pero el Juzgado de lo Social nº4 de Palma estimó el despido como procedente, porque consideró que si bien las tablas salariales no son un secreto empresarial, los comentarios del empleado en la misma publicación de Facebook sí que podían perjudicar a la reputación de la empresa. Algunos de estos comentarios fueron: «¿Preparado para ganar 700 trabajando allí?» para a continuación adjuntar el documento que contenía la escala salarial de los tripulantes de cabina de la empresa demandada.
No obstante, el empleado no quedó conforme con la decisión del Juzgado por lo que decidió interponer un recurso de suplicación y el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares declaró el despido como nulo y obligando a la inmediata readmisión del trabajador con las mismas condiciones y con el abono de los salarios dejados de percibir, así como al pago de una indemnización por daños de 15.000 euros.
El TSJ de las Islas Baleares argumentaba la decisión de su sentencia basándose en dos ejes principales: que, efectivamente, las tablas salariales son de dominio público, por lo que no constituye la vulneración de los secretos de la empresa y alegando al derecho de libertad de expresión amparado en el artículo 20 de la Constitución; y al hecho de que el despido se ejecutase mientras el trabajador estaba de baja de paternidad y vulnerar así uno de sus derechos laborales.
Si te interesan este tipo de artículos sobre sentencias en materia laboral, puedes visitar la sección de actualidad en la que cada día publicamos noticias sobre ello.