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Inicio » Trámites » Descansos laborales en 2025: Lo que debes saber y cómo hacer valer tus derechos

Descansos laborales en 2025: Lo que debes saber y cómo hacer valer tus derechos

Por Madridinforma
9 de enero de 2025 a las 11:00
en Trámites
Tiempo de lectura: 3 minutos
¿Qué dice la ley de los descansos laborales?

Descansos laborales en 2025: Lo que debes saber y cómo hacer valer tus derechos.

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Los descansos laborales son vitales a la hora de desempeñar nuestro trabajo durante nuestra jornada. La ley establece unos mínimos reposos para garantizar la salud y el bienestar de los trabajadores. En 2025, estos descansos han sufrido algunas modificaciones, reforzando los derechos de los empleados. En este artículo te explicamos cuáles son los descansos laborales mínimos que te corresponden y cómo puedes hacer valer tus derechos si tu empresa no los respeta, basándonos en los artículos 34 y 37 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué dice el artículo 34 y 37 del Estatuto de los Trabajadores?

El artículo 34 establece que los trabajadores tienen derecho a un descanso durante la jornada laboral. La duración y frecuencia de estos descansos dependerá de la duración de la jornada. Tenemos estos ejemplos:

  • Jornadas superiores a 6 horas: Los trabajadores tienen derecho a un descanso de al menos 15 minutos.
  • En caso de que el empleado sea menor de 18 años, deberá cogérselo siempre que su jornada laboral supere las cuatro horas y media y este deberá ser de media hora como mínimo.
  • Los convenios colectivos pueden establecer descansos más amplios, por lo que es importante consultar el convenio que te sea de aplicación.

Es importante destacar que estos descansos son obligatorios y no pueden ser compensados económicamente. La empresa debe garantizar que los trabajadores puedan disfrutar de estos descansos en condiciones adecuadas, sin interrupciones y en un lugar adecuado. Como norma, no debería de hacer impedimentos por parte de las empresas a la hora de tomarte estos descansos obligatorios, pero por si no fuese el caso, existen los cauces legales oportunos para poder remediarlo.

El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores establece el derecho de los trabajadores a un descanso semanal de al menos un día y medio. Este descanso, que suele coincidir con el fin de semana, es fundamental para que los trabajadores puedan descansar y recuperar fuerzas para afrontar la siguiente jornada laboral. En algunos casos, como por ejemplo en trabajos continuos o por turnos, puede ser necesario trabajar durante el fin de semana. En estos casos, la empresa deberá compensar al trabajador con otro día de descanso o con un recargo económico (o ambas).

¿Qué pasa si mi empresa no respeta mis descansos?

Si consideras que tu empresa no está respetando tus derechos, tienes la obligación de reclamar. Lo primero que debes hacer es intentar solucionar el problema de forma interna, hablando con tu jefe o con los representantes sindicales. Si no obtienes una solución satisfactoria, puedes acudir a la Inspección de Trabajo o interponer una demanda ante los juzgados. 

Recuerda que el descanso es un derecho fundamental de todos los trabajadores y que no debes permitir que se vulnere. Si te ha resultado interesante este artículo y quieres conocer más noticias sobre trámites laborales, no dudes en visitar el apartado habilitado en este periódico digital de la Comunidad de Madrid.

Etiqueta Trámites

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