Se pueden recuperar antiguas prácticas formativas como años cotizados, hasta un máximo de cinco, lo que permite mejorar la futura pensión.
Desde 2024, los becarios cotizan en la Seguridad Social y las prácticas no remuneradas computan para la jubilación. Quienes hicieron prácticas en el pasado pueden rescatarlas con un convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) hasta el 31 de diciembre de 2028.
Quién puede beneficiarse del convenio especial para recuperar prácticas formativas
La medida se dirige a quienes hicieron prácticas formativas antes del 1 de enero de 2024 o participaron en programas de formación investigadora. Mediante el convenio, esos periodos pueden incorporarse a la vida laboral hasta 1.825 días, equivalentes a cinco años de cotización.
¿Fuiste becario y nunca viste ese tiempo reflejado en tu vida laboral? Podrán acogerse, siempre que las prácticas formaran parte de los estudios y se acredite su duración, los siguientes perfiles:
- Antiguos alumnos universitarios, de formación profesional (salvo prácticas de formación profesional intensiva), enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas, así como graduados universitarios que participaron en programas oficiales de doctorado con formación investigadora antes del 4 de febrero de 2006.
Para suscribir el convenio, las prácticas no remuneradas deben haberse realizado antes del 1 de enero de 2024 y, si fueron remuneradas, antes del 1 de noviembre de 2011. Solo se tendrán en cuenta, a efectos de cotización y protección, los días en los que realmente se llevaron a cabo las prácticas.
Condiciones económicas y límites del convenio especial de prácticas para jubilación
Las personas incluidas en este convenio se consideran asimiladas a trabajadoras por cuenta ajena dentro de la Seguridad Social. Estos días de prácticas generan derechos de protección, pero no cubren desempleo, Fondo de Garantía Salarial ni formación profesional y, si las prácticas fueron no remuneradas, tampoco dan prestación por incapacidad temporal por contingencias comunes.
Otras prestaciones de maternidad y riesgo correrán a cargo de la entidad gestora o de la mutua colaboradora. La base de cotización será la mínima del grupo 7 del Régimen General correspondiente al año en que se hicieron las prácticas, siguiendo la fórmula ya utilizada en 2011. Os mostramos las principales condiciones del convenio:
| Concepto principal | Detalle básico del convenio especial de prácticas |
|---|---|
| Máximo de tiempo recuperable | 1.825 días de cotización, equivalentes a cinco años |
| Plazo para presentar la solicitud | Hasta el 31 de diciembre de 2028 |
| Periodos de prácticas que pueden computarse | Realizadas, por ejemplo, entre 1980 y 2006 si cumplen requisitos |
| Cuota aproximada por cada mes cotizado | Entre 40 y 140 euros mensuales según el periodo de prácticas |
| Forma de pago del convenio especial | Pago único o fraccionado en un máximo de mensualidades igual al número de meses reconocidos |
La TGSS calcula el importe del convenio y permite pagarlo de una vez o a plazos.
Pasos y documentación necesaria para solicitar el convenio especial
¿Cómo se pide este reconocimiento de años de cotización? La solicitud debe presentarse por los canales indicados en el apartado “Alta, baja o variación de datos del convenio especial”, dentro de la sección de “Trámites y Gestiones” de la web de la Seguridad Social.
Es obligatorio adjuntar una certificación en la que consten la duración de las prácticas, el número de días y si fueron remuneradas o no, emitida por la universidad o centro educativo; en el caso de prácticas pagadas, también puede emitirla la empresa o la entidad financiadora.
El plazo de resolución es de seis meses y, si pasado ese tiempo no hay respuesta expresa, el silencio administrativo se considera positivo y la solicitud se entiende estimada. Para quienes acumulan años de prácticas sin cotizar, este convenio puede marcar la diferencia en la edad y en la cuantía de la jubilación. Para aprender a llevar a cabo otras gestiones administrativas o tributarias, entra en nuestra sección de trámites.








