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Inicio » Trámites » Cuatro motivos legales que te permiten decir “NO” a ser presidente de tu comunidad de vecinos

Cuatro motivos legales que te permiten decir “NO” a ser presidente de tu comunidad de vecinos

Si te ha tocado el cargo que nadie quiere, la Ley de Propiedad Horizontal te da una salida: qué plazos debes respetar.

Por Madridinforma
21 de junio de 2025 a las 14:01
en Trámites
Tiempo de lectura: 5 minutos
Propietarios debaten en junta de vecinos sobre los motivos legales para evitar ser presidente de la comunidad

Propietarios reunidos en una junta ordinaria: la Ley de Propiedad Horizontal permite librarse de la presidencia por trabajo, salud, edad o vivir fuera del edificio.

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Ser presidente de la comunidad suele ser una “patata caliente” que va rotando de propietario en propietario cada año. Sin embargo, la misma norma que obliga a aceptar el puesto, el artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), también recoge cuatro causas justificadas para librarse de él, siempre que se demuestren a tiempo y por escrito.

Causas justificadas para rechazar la presidencia según la Ley de Propiedad Horizontal española vigente

La LPH establece que la designación se hace por elección, turno rotatorio o sorteo y que, en principio, es irrenunciable durante doce meses. Ahora bien, ¿sabías que existen excepciones claras? A continuación recordamos los cuatro supuestos con los que, de forma oficial, se puede evitar el cargo:

  • Motivos laborales.: viajes frecuentes, horarios incompatibles o responsabilidades que impiden atender averías y juntas.
  • Causas médicas: enfermedad crónica o discapacidad acreditada por informe facultativo.
  • Edad: avanzada, siempre que afecte a las facultades necesarias para representar a la comunidad.
  • No residir en la finca: propietarios que viven lejos y no pueden gestionar el día a día del edificio.

¡Menuda diferencia cuando se conoce la ley! ¿En cuál de estas situaciones te encuentras tú?

Documentación necesaria para renunciar a ser presidente de la comunidad de propietarios paso a paso

Antes de presentar tu negativa conviene preparar los papeles. De hecho, el administrador de fincas te los solicitará para incluirlos en el acta. Reúne lo siguiente:

Motivo de renunciaDocumento probatorioQuién lo emiteObservaciones
LaboralCertificado de empresa con horarios o itineranciasDepartamento de RR. HH.Especificar la imposibilidad de asistir a la finca
MédicaInforme o parte médico detalladoServicio de salud público o privadoDebe indicar limitación funcional permanente
EdadCopia del DNI + informe médico opcionalPropietario / médicoRecomendable si hay deterioro cognitivo
No residirCertificado de empadronamiento en otra localidadAyuntamientoDebe reflejar domicilio habitual

Como ves, no basta con “decir que no”; hay que probarlo de forma fehaciente.

Procedimiento oficial para comunicar la renuncia al cargo ante la junta de propietarios y los plazos que no puedes pasar por alto

Sigue estos sencillos pasos que marca el procedimiento oficial si quieres renunciar al cargo de presidente de la comunidad de vecinos:

  1. Comprobación del acta: tras el sorteo o votación, revisa la fecha exacta del nombramiento.
  2. Preparación de la solicitud: redacta un escrito breve y adjunta la documentación anterior.
  3. Entrega: preséntalo al administrador o al presidente saliente dentro de los 30 días naturales siguientes a la designación.
  4. Convocatoria de junta extraordinaria: el administrador debe incluir tu petición en el orden del día y proponer un nuevo presidente.
  5. Resolución: si la comunidad acepta la causa, quedas exento; de lo contrario, puedes acudir al juzgado de primera instancia.

Recuerda: el reloj empieza a correr desde que recibes la notificación oficial. ¡No te despistes!

Qué ocurre si la comunidad no acepta tu renuncia y cómo impugnar el acuerdo para defender tus derechos como propietario

Por desgracia, algunas comunidades rechazan las excusas sin miramientos. ¿Te suena? En ese caso, la LPH te permite impugnar el acuerdo en un plazo de tres meses desde la junta que denegó tu petición. Deberás:

  • Presentar demanda civil aportando la misma documentación justificativa.
  • Solicitar medidas cautelares para que otro vecino asuma el cargo mientras se resuelve el pleito.
  • Asumir las costas solo si el juez declara tu causa injustificada.

No obstante, la experiencia demuestra que, con pruebas sólidas, la mayoría de los tribunales avalan al propietario que no puede ejercer.

Consejos prácticos para evitar conflictos y delegar funciones mientras se designa un nuevo presidente de comunidad

Aunque la ley te ampare, conviene actuar con tacto para no tensar la convivencia:

  • Comunica tu situación con antelación y de forma transparente.
  • Ofrece colaboración puntual (por ejemplo, firmar pagos online) si tu impedimento no es absoluto.
  • Propón la contratación temporal de un administrador profesional si la comunidad carece de uno.

Por consiguiente, gestionar bien las formas evita discusiones y acelera la búsqueda de un sustituto.

La Ley de Propiedad Horizontal contempla trabajo, salud, edad o residencia como causas para no ser presidente. El secreto está en acreditar la razón por escrito y en plazo. Así, mantendrás la armonía vecinal y tu agenda a salvo.

Etiqueta Trámites

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