La incapacidad temporal (IT) es la situación en la que los trabajadores se encuentran cuando por motivos de una enfermedad común o un accidente, sea o no de trabajo, no pueden realizar su actividad y están recibiendo asistencia sanitaria. En el caso de la incapacidad permanente, es cuando se inhabilita, al mismo, de las todas o al menos las principales tareas de su profesión. En España, el proceso y tiempo para pasar de una baja temporal a una incapacidad permanente, lo regula la Seguridad Social. Cabe resaltar que nuestro país, en el año 2023, tuvo más de 8 millones de enfermedades temporales. De hecho, en 2024, sigue existiendo una incremento de estas situaciones de baja temporal, las cuales han crecido un 13%, respeto al año anterior. La cuestión es, cuánto tiempo tiene que pasar para que una baja pueda pasar a una incapacidad puramente. En esta noticia damos los detalles para conocer este proceso.
La Seguridad Social indica el tiempo que se puede estar de baja por incapacidad temporal
Lo cierto es que actualmente, una persona que se dé de baja temporal tiene que tener cotizados un mínimo de 6 meses en los últimos 5 años previos a la baja temporal, cuando sea por enfermedad común. En caso de accidente laboral o enfermedad profesional, no se pide dicho periodo. Ahora bien, la prestación por incapacidad temporal, no podrá ser más de 365 días, prorrogables por otros 180 días adicionales (por curación). Por tanto, durante este año y medio, hay que seguir las indicaciones y controles médicos, para que terminado dicho periodo, se reincorpore al trabajo o se considere incapacidad permanente. Es decir, que la IT finaliza por estas situaciones, según el INSS:
- Finalización del plazo máximo.
- Alta médica.
- Pasar a ser pensionista.
- No presentarse a los reconocimientos.
- En casos de embarazo, hasta la semana del parto.
Al trabajador se le puede dar la prestación por incapacidad permanente, una vez terminado el tiempo, de oficio, bien a solicitud de la Inspección de Trabajo o a petición de Servicio Público de Salud, previa autorización del interesado. Otras de las formas es por requerimiento de las mutuas colaboradoras, aportando el alta médica. Por última vía, también se puede solicitar a petición del interesado. De esta forma, se obliga al INSS a abrir un trámite paralelo, obligando a contestar en 135 días hábiles.
Cómo es el procedimiento para acceder a la incapacidad permanente
El procedimiento que se lleva a cabo para determinar una incapacidad permanente, conlleva 3 fases. Una evaluación médica por el INSS, la valoración de la incapacidad y la comunicación y resolución del grado de incapacidad permanente al trabajador. En cualquiera de los casos, se puede decir que no hay un tiempo mínimo determinado, estando de baja, para acceder a una incapacidad permanente. Ahora bien, hay que tener en cuenta que a mayor tiempo de baja temporal, mayores son las opciones de conseguir la incapacidad permanente.
¿Te ha parecido interesante esta publicación? Si tienes ganas de conocer más noticias sobre noticias relacionadas, recuerda que puedes visitar la sección de prestaciones, la cual tienes a disposición en nuestro periódico digital de la Comunidad de Madrid. En dicho apartado puedes ver otros artículos que tienen que ver con ayudas de la propia Seguridad Social y otras entidades.