El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) recuerda que sus ayudas se dirigen a quienes pierden el empleo de forma involuntaria y buscan reincorporarse al mercado laboral. En este marco, aclara que también pueden acceder quienes hayan sido cesados por causas disciplinarias, siempre que estén inscritos como demandantes de empleo.
El SEPE confirma que el despido disciplinario es situación legal de desempleo para cobrar subsidio y prestación
«El despido disciplinario es una situación legal de desempleo válida para cobrar la prestación o el subsidio por desempleo», explicó María José Gómez, asesora de la Subdirección General de Prestaciones del SEPE, en TeleMadrid. A ojos del organismo, a efectos de acceso a la ayuda, es «igual que uno improcedente». Eso sí, el criterio cambia si se acredita fraude de ley, como cuando la persona trabajadora fuerza su salida para cobrar la ayuda. «Hay que tener en cuenta que esa situación podría darse. Por ejemplo, cuando el trabajador fuerza su salida ausentándose de forma premeditada varios días de su puesto», apuntó. «Si reconocemos la prestación y luego dice Inspección de Trabajo que es disciplinario, pero ha sido forzado… tendríamos que reclamar las cantidades abonadas», zanja Gómez.
El nuevo Real Decreto ha elevado de 480 a 570 euros mensuales el subsidio desde el pasado 1 de noviembre, un aumento de 90 euros. Esta cuantía se reducirá de forma escalonada con el paso del tiempo. Al cumplirse un año, volverá a 480 euros, al aplicarse distintos porcentajes del IPREM, fijado en 600 euros.
- Los 6 primeros meses: los perceptores cobrarán el 95% del IPREM (570 euros, con el IPREM actual).
- Los 6 meses siguientes: el 90% del IPREM (540 euros).
- El resto de tiempo: 80% del IPREM (480 euros). El máximo tiempo de la ayuda es de 30 meses.
También cambian los criterios de duración del subsidio por agotamiento del paro. Dependerá de los días consumidos de la prestación contributiva y de la edad de la persona solicitante, con el siguiente resumen:
- Las menores de 45 años necesitan haber agotado al menos 360 días de paro para acceder a un subsidio de seis meses.
- Para aquellas personas mayores de 45 años sin cargas familiares, se debe haber consumido al menos 120 días de prestación contributiva para recibir seis meses de subsidio.
- Las personas con responsabilidades familiares, sin importar la edad, tendrán derecho a un subsidio de hasta 24 meses si han consumido al menos 120 días; si han consumido al menos 180 días, podrá extenderse hasta los 30 meses.
Complemento de Apoyo al Empleo: compatibilidad del subsidio con trabajo y límites salariales
La reforma asistencial permite compatibilizar el subsidio con un trabajo por cuenta ajena a jornada completa durante un máximo de 180 días por cada nuevo empleo, con una cuantía de 480 euros al mes (80% del IPREM).
El ingreso se reduce progresivamente hasta 120 euros (20% del IPREM) según el mes en que se perciba. En contratos a tiempo parcial, la ayuda oscila entre 450 euros (75% del IPREM) y 30 euros (5%), en función de las horas trabajadas y del tiempo en paro.
Para compatibilizar empleo y subsidio existe un tope salarial de 2.250 euros brutos al mes, equivalente al 375% del IPREM. En este sentido, el reconocimiento del despido disciplinario como situación legal de desempleo permite el acceso a la protección en términos equiparables al despido improcedente, con la advertencia de que, si se aprecia fraude, el SEPE reclamaría las cantidades abonadas. Entra en nuestra sección de prestaciones para conocer otras ayudas disponibles.