Consigue un plus en la pensión con este extra de más de 400 €

Fecha de publicación: 30 de marzo de 2024 a las 13:49
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Complemento pensiones

Si estás cerca de la jubilación o ya disfrutas de dicha retirada laboral, hay algo que podría interesarte. En el caso de tener hijos o hijas, podrías aumentar tu pensión añadiendo un extra de más de 400 euros. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) indica que hay un complemento especial pensado para hacerle frente a las diferencias que suelen aparecer entre hombres y mujeres en el trabajo, especialmente después de tener hijos.

Este plus puede pedir junto con tu solicitud de pensión, ya sea por jubilación, incapacidad o viudedad. De hecho, sale para reducir la brecha de género, es un extra que incluso quienes reciben la pensión máxima pueden disfrutarlo y que desde el 4 de febrero de 2021, quienes cumplan con ciertos requisitos pueden pedirlo. El año pasado era de 30,40 euros al mes por cada hijo, lo que hace unos 425,60 euros al año y que en este año 2024, aumentará un 10%, según los Presupuestos Generales del Estado.

Cuáles son los requisitos para poder conseguir este complemento a la pensión

Si estás interesado en añadir este plus de más de 400 euros a tu pensión, es necesario cumplir con unos requisitos específicos. Estos son los siguientes que mostramos a continuación:

  • Estar jubilado o recibir una pensión por incapacidad o viudedad.
  • Tener hijos.
  • Recibir una pensión contributiva.

Si tus hijos/as nacieron antes de 1995, debe existir un plazo de al menos 120 días sin cotizar entre los nueve meses antes de que nacieran y los tres años después. Para los nacidos desde 1995 en adelante, se tendrá en cuenta las cotizaciones de los 2 años de después del nacimiento, que sean al menos un 15% más bajas que las de los 24 meses anteriores. En parejas del mismo sexo, quien recibe el complemento de la brecha de género será aquel que tenga la pensión más baja.

Qué ocurre con este complemento en el caso de ser padres

Ahora bien, en caso de los padres que quieren este beneficio, necesita haberse visto afectado profesionalmente por el nacimiento o adopción de un hijo. Recordar que solo uno de los progenitores puedes recibirlo. Por tanto, esto puede ser a través de una pensión por viudedad (si su pareja falleció y dejó hijos con derecho a pensión de orfandad) o tener una pensión por jubilación o incapacidad que muestre cómo su carrera se pausó o sufrió por cuidar de los niños.

Si deseas echar un vistazo a más noticias sobre otras prestaciones, puedes visitar la sección habilitada en la web de la Comunidad de Madrid.

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