Las personas que van a solicitar la pensión contributiva de jubilación pueden saber cuánto cobrarán gracias al cálculo de las mismas, a través de la Seguridad Social. En 2023, las pensiones contributivas se han revalorizado un 8,5% correspondiente al IPC medio, para poder mantener el nivel adquisitivo de los pensionistas. Además, si los españoles que accedan a dicha pensión tienen una cantidad inferior a la mínima fijada, podrán complementarla con la cuantía mínima de las pensiones de jubilación. De hecho, la forma de actuación será siempre la misma, siempre y cuando no se supere el límite de rentas fijado en los Presupuestos Generales del Estado.
Desde la Seguridad Social, “Se garantizan cuantías mínimas mensuales en determinadas prestaciones, que variarán en función de que el pensionista haya cumplido determinada edad y de que tenga o no familiares a su cargo, siempre que no supere el límite de ingresos establecido”. En este sentido, las cuantías mínimas de las pensiones de jubilación son aquellas establecidas para personas que cuentan con bajas bases de cotización y que el sistema de pensiones garantiza a los españoles.
Cuáles son las cuantías mínimas de las pensiones de jubilación en España
Las cuantías mínimas de jubilación están reguladas en el Real Decreto 1058/2022, de 27 de diciembre. De esta manera, podemos observar que la cantidad oscila entre los 692,50 euros y los 1.449,30 euros mensuales. Dichos importes va a depender de la edad de acceso o de si dicha jubilación ha procedido por incapacidad permanente o gran invalidez. En la siguiente tabla indicamos las cuantías mínimas establecidas para la pensión de jubilación.
Situación | Cuantía mínima |
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Jubilación con 65 años o más | – Pensionistas con cónyuge a cargo: 966,20 euros mensuales (13.526,80 euros anuales). – Pensionistas sin cónyuge: 783,10 euros mensuales (10.963,40 euros anuales). – Pensionistas con cónyuge no a cargo: 743,30 euros mensuales (10.406,20 euros anuales). |
Jubilación con 65 años procedente de gran invalidez | – Pensionistas con cónyuge a cargo: 1.449,30 euros mensuales (20.290,20 euros anuales). – Pensionistas sin cónyuge: 1.174,70 euros mensuales (16.445,80 euros anuales). – Pensionistas con cónyuge no a cargo: 1.115 euros mensuales (15.610 euros anuales). |
Jubilación con menos de 65 años | – Pensionistas con cónyuge a cargo: 905,90 euros mensuales (12.682,60 euros anuales). – Pensionistas sin cónyuge: 732,60 euros mensuales (10.256,40 euros anuales). – Pensionistas con cónyuge no a cargo: 692,50 euros mensuales (9.695 euros anuales). |
Tabla 1. Cuantías mínimas de los pensionistas |
Para el año 2027, según el Gobierno se contempla una subida progresiva del 22% de las pensiones mínimas contributivas. Por tanto, con la segunda reforma de pensiones aprobada, se espera que estas, con cónyuge a cargo, subirán de los 966 euros a los 1.178,50 euros en el año 2027.
¿Se puede cobrar menos de la pensión mínima?
La Seguridad Social no siempre tendrá la obligación de realizar el complemento a mínimos en la pensión de jubilación cuando el cálculo sea menor del importe mínimo establecido. Además, por otro lado, existen varios motivos por el que se puede cobrar de menos en la pensión mínima. El primero de ellos, es cuando se solicita el acceso a la jubilación anticipada y el segundo, cuando no se tenga derecho al complemento a mínimos aun accediendo a la jubilación ordinaria.
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