Los bancos adelantarán a finales de noviembre el pago de las pensiones y la paga extra de Navidad. En las próximas semanas, 9,4 millones de pensionistas cobrarán una nómina por duplicado, como es habitual por estas fechas.
La confirmación oficial llega con el BOE y las entidades financieras vuelven a adelantar el abono a final de mes. La Tesorería General de la Seguridad Social suele pagar dentro de los primeros cuatro días del mes siguiente y, por eso, los bancos se adelantan para facilitar el cierre del mes.
Quiénes cobran la paga extra de Navidad en las pensiones 2025 y quiénes no
La mayoría de quienes perciben una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad o en favor de familiares recibirán su mensualidad más la paga extra de Navidad. ¿Quiénes pueden quedarse sin este extra? Solo un grupo concreto: quienes tienen una incapacidad permanente derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional, porque la Seguridad Social les abona 12 mensualidades con las extras prorrateadas.
La propia institución lo explica así: «Si deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, se abona en 12 mensualidades, ya que las pagas extraordinarias están prorrateadas en las mensualidades». Para que quede claro, este es el resumen de quien sí, y quien no la cobra:
- Cobran paga extra: jubilación, viudedad, orfandad y en favor de familiares; también la incapacidad permanente en general.
- Sin paga extra aparte: incapacidad permanente derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional, por tener las extras prorrateadas.
La mayor parte de pensionistas contará con un ingreso adicional para afrontar los gastos de diciembre, algo que siempre viene bien.
Fechas exactas de pago que adelantan los bancos y cómo se abonan
Desde la pandemia, las entidades adelantan el ingreso a finales de noviembre y este año, además, suman la paga extra de Navidad. Según el calendario adelantado por el sector y recogido por un medio especializado (Help My Cash), estas son las fechas previstas por banco:
| Entidad | Fecha de abono |
|---|---|
| Bankinter | 21 de noviembre |
| Unicaja Banco | 21 de noviembre |
| CaixaBank | 24 de noviembre |
| Banco Santander | 24 de noviembre |
| BBVA | 25 de noviembre |
| Banco Sabadell | 25 de noviembre |
| Abanca | 25 de noviembre |
| ING | 25 de noviembre |
| Ibercaja | 25 de noviembre |
| Laboral Kutxa | 25 de noviembre |
| PiBank | 1 de diciembre |
El Estatuto de los Trabajadores reconoce dos gratificaciones extraordinarias al año, una por Navidad y otra según convenio o acuerdo con la representación legal. También permite prorratearlas en doce mensualidades cuando lo fije el convenio. En cuanto a la cuantía, debe componerse del salario base sin otros complementos y no puede ser inferior al SMI. Para finiquitar, tanto pensionistas como trabajadores cuentan con respaldo legal para este ingreso de fin de año.








