Te damos toda la información que necesitas para tramitar esta ayuda destinada a los afectados por la guerra de Ucrania, que ha puesto en marcha la Consejería de Familia, Juventud y Política Social. Los términos de esta prestación se recogen en el Boletín Oficial de la Provincia número 283, de fecha 28 de noviembre de 2022. La cuantía de las ayudas será de 400 euros al mes por persona adulta que cumpla con los requisitos establecidos. Además, se incrementará en 100 euros al mes por cada menor de edad a cargo de la persona solicitante. El importe de esta prestación se cobrará mensualmente durante un máximo de 6 meses, incluido el mes en el que se presenta la solicitud. Para efectuar el trámite tienes de plazo hasta el 31 de diciembre de 2022. A continuación, te explicamos cómo debes realizar el proceso de solicitud.
Estos son los requisitos necesarios para solicitar esta ayuda a desplazados por el conflicto de Ucrania
Para solicitar esta ayuda debes ser una persona desplazada a causa de la guerra de Ucrania que esté residiendo actualmente en la Comunidad de Madrid. Según la ONU, el conflicto ucraniano ha afectado a unos 1.500 millones de personas en todo el mundo. Si te encuentras en situación de desplazado y quieres beneficiarte de esta prestación, debéis cumplir los siguientes requisitos a la fecha de presentación de la solicitud:
- Estar empadronados en algún municipio de la Comunidad de Madrid.
- Haber obtenido el estatuto de protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania.
- Acreditar carencia de medios económicos, es decir, que tus ingresos y rentas mensuales no superen la cuantía mensual individual de la renta garantizada como ingreso mínimo vital. Este requisito se acreditará mediante declaración responsable del solicitante y consulta de la vida laboral en la Seguridad Social.
- No ocupar plaza ni obtener recursos o medios del dispositivo de emergencia de la Secretaría de Estado de Migraciones para atender a personas desplazadas ni de ninguno de los programas que forman parte del itinerario de acogida. Dicho requisito se acreditará mediante declaración responsable por parte del solicitante.
Si cumples con los requisitos anteriormente citados, recuerda que tienes derecho a percibir una ayuda de 400 euros mensuales durante seis meses, incluido el mes en el que se apruebe la solicitud. Además, puedes beneficiarte de 100 euros adicionales al mes por cada hijo menor que esté a tu cargo. Aunque debes saber que, si hubiera más de una persona responsable del menor, únicamente una de ellas podrá percibir la cuantía adicional.
Esta es la documentación necesaria que debes adjuntar a tu solicitud
Para solicitar esta ayuda destinada a los desplazados por la guerra de Ucrania, la unidad tramitadora encargada de este procedimiento, requiere que presentes estos documentos junto a la solicitud:
- Aportar la resolución del estatuto de protección temporal. En caso de la existencia de menores, acreditar el vínculo con la persona menor a cargo, mediante resolución por la que se concede el régimen de protección temporal de manera conjunta y empadronamiento conjunto con la persona menor de edad.
- Declaración de responsable que acredite la carencia de medios económicos en los términos del Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, aprobado por el Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo y que acredite que, en el momento de presentar la solicitud de pago, no ocupes plaza ni obtengas recursos o medios del dispositivo de emergencia de la Secretaría de Estado de Migraciones para atender a personas desplazadas ni de ninguno de los programas que forman parte del itinerario de acogida.
- Documentación acreditativa de representación legal.
- La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE/TIE del solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia.
- Certificación de empadronamiento en algún municipio de la Comunidad de Madrid.
- Certificados de pensiones o prestaciones sociales.
- Vida laboral.
- Documento acreditativo del estatuto de protección temporal de conformidad con el Real Decreto 1325/2003 de 24 de octubre, mediante el fichero de servicios a los desplazados de Ucrania de la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de todos los documentos que presentes junto a tu solicitud. Además, si necesitas solventar cualquier duda, la unidad tramitadora pone a tu disposición este número de teléfono en el que puedes realizar tu consulta: 900 822 833.
¿Cómo puedo tramitar la ayuda para desplazados por la guerra de Ucrania?
Para tramitar esta ayuda destinada a los afectados por la guerra de Ucrania residentes en la Comunidad de Madrid, puedes hacerlo por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación telemática, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid. Presenta tu solicitud entrando en “Tramitar”, y sigue los pasos. Una vez que cumplimentes el modelo en el formulario en línea y adjuntar la documentación necesaria, puedes presentarlo de dos maneras:
- De forma telemática, pulsando “Enviar registro”.
- Descarga el formulario cumplimentado y preséntalo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
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