El organismo recuerda que cobrar un subsidio implica aceptar cursos y programas de empleabilidad para evitar sanciones y la pérdida del subsidio.
El SEPE advierte de que cobrar un subsidio conlleva obligaciones. Negarse a cursos o a acciones de empleabilidad sin causa justificada puede traducirse en una suspensión y, si hay reincidencia, en la pérdida definitiva. La normativa del Servicio Público de Empleo Estatal clasifica las infracciones y prevé sanciones que van desde parar el cobro un tiempo hasta extinguir la prestación.
Qué obligaciones impone el SEPE a quienes cobran un subsidio por desempleo
Si estás cobrando una ayuda del SEPE, debes cumplir las condiciones asociadas a ese derecho. Entre ellas, seguir las acciones marcadas en el itinerario o plan personalizado orientado a mejorar la empleabilidad y el acceso al mercado de trabajo.
¿Te pueden sancionar solo por no acudir? Cuando el incumplimiento se considera grave, el efecto es directo: se pierde el cobro durante meses o, en el peor escenario, se extingue la ayuda.
A raíz de la reforma asistencial, se han modificado algunos detalles de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. En determinados supuestos, antes del nuevo Real Decreto podía aplicarse la extinción inmediata; ahora se usa la conocida como ‘regla de los tres avisos’.
Este sistema se aplica, por ejemplo, si se rechaza un empleo acorde al perfil sin justificación o si se rechaza participar en programas de mejora de la empleabilidad. Para tenerlo claro, el SEPE utiliza esta escala:
- 1.ª infracción: pérdida de tres meses de prestación.
- 2.ª infracción (si ocurre de nuevo en menos de un año): pérdida de seis meses de prestación.
- 3.ª infracción: extinción definitiva de la prestación.
Estas escalas se aplican desde la primera infracción y siempre que entre dos infracciones graves no haya pasado más de un año. Además, el SEPE avisa de que puede exigir la devolución de cantidades si se demuestra que no se cumplían los requisitos durante un periodo determinado.
Negarse a cursos de formación del itinerario puede suspender tu ayuda
El caso es idéntico cuando el perceptor se niega «a participar en acciones, programas o actividades señalados en el itinerario o plan personalizado para la mejora de la empleabilidad y el acceso al mercado de trabajo» ofrecidos por los servicios públicos de empleo o entidades colaboradoras, siempre que sea sin causa justificada. El resultado es el mismo que al rechazar un trabajo: se aplican los tramos de suspensión y, si se repite, se llega a la extinción.
Actualmente, el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva y el de insuficiencia de cotizaciones suponen 570 euros al mes. La duración depende de factores como la edad, el paro agotado o las cargas familiares, con un máximo de 30 meses.
La cuantía se va reduciendo hasta alcanzar los 480 euros, que es la cantidad fijada para el subsidio de mayores de 52 años, que sigue cotizando. Puedes conocer otras noticias relacionadas con ayudas disponibles en la Comunidad de Madrid, accediendo a nuestra sección de prestaciones.








