La duda es frecuente: ¿puedo cobrar dos jubilaciones al mismo tiempo? Sí, siempre que cada una provenga de un régimen distinto y se cumplan sus requisitos. La suma de ambas nunca podrá superar los 3.267 euros al mes en 2025.
El artículo 163 de la Ley General de la Seguridad Social establece que “las pensiones del Régimen General serán incompatibles entre sí cuando coincidan en un mismo beneficiario, salvo que expresamente se disponga de lo contrario”. En la práctica, no todas son acumulables, pero sí puede cobrarse una del Régimen General y otra del RETA si se acredita el derecho en ambos.
Requisitos para cobrar dos pensiones de jubilación simultáneas en 2025 en España
La Seguridad Social permite percibir dos pensiones cuando el trabajador cumple, por separado, los requisitos de cada régimen. ¿Quién puede acogerse a esta opción? Cotizar en dos regímenes distintos (por ejemplo, Régimen General y RETA), con derecho causado en cada uno. Cumplido lo anterior, se reconocen dos prestaciones calculadas por separado, con el límite conjunto de la pensión máxima vigente en 2025.
Para generar dos pensiones, se exige acreditar 15 años de cotización en el Régimen General y otros 15 en el RETA, con al menos dos dentro de los últimos 15 años en cada uno. Si un cotizante no alcanza el mínimo en alguno de los regímenes, esas cotizaciones no se pierden: se pueden sumar para causar una única prestación.
Un ejemplo: 25 años en el Régimen General y 13 años en el RETA suman 38. Con estas cotizaciones, se tendría derecho a una pensión única con el 100% de la base reguladora, pero no a dos pensiones independientes.
Límite de pensión máxima y ejemplo práctico de cotizaciones acumuladas
La suma de dos pensiones no puede superar la pensión máxima, fijada en 3.267 euros mensuales en 2025. Por tanto, aunque se generen dos derechos, el tope actúa como límite.
Situación | Cotizaciones | Resultado |
---|---|---|
Dos regímenes con requisitos completos | 15 años + 15 años, con 2 en los últimos 15 en cada uno | Dos pensiones independientes; suma limitada a 3.267 euros/mes en 2025 |
Requisitos no completos en uno de los regímenes | Ejemplo: 25 en General + 13 en RETA = 38 | Pensión única con el 100% de la base reguladora; no hay doble pensión |
Pluriactividad sin derecho en uno de los regímenes | Cotiza en ambos a la vez, pero no causa derecho en uno | Se pueden sumar cotizaciones; si no se alcanza el mínimo, pensión única |
¿Has trabajado a la vez como asalariado y autónomo? En pluriactividad solo se suman cotizaciones cuando en uno de los regímenes no se llega a generar derecho a pensión. También es posible cobrar dos prestaciones de jubilación si, pese a la pluriactividad, se cumplen los requisitos de cotización exigidos en cada régimen. En pocas palabras: si causas derecho en los dos, podrás percibir ambas (respetando el tope); si no, se acumulan periodos para una única prestación.
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