Cheque Formación en Madrid: hasta 1.500 euros para jóvenes en paro, pero solo tienes un mes para pedirlo

Fecha de publicación: 25 de febrero de 2026 a las 19:59
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Plan de Empleo Joven de la Comunidad de Madrid durante la presentación del cheque formación para jóvenes desempleados

El Cheque Formación de la Comunidad de Madrid es una ayuda directa para financiar cursos orientados a mejorar la empleabilidad, con un máximo de 1.500 euros por persona.

La Comunidad de Madrid mantiene abierto este trámite de ayudas para formación, pero la solicitud no puede esperar: hay que presentarla en el plazo de 1 mes desde la matrícula o la reserva de plaza. Va dirigida a desempleados menores de 30 años y el abono llega tras completar el curso y justificarlo, en el marco del programa de empleo juvenil en Madrid impulsado por el Ejecutivo autonómico.

Quién puede pedir el Cheque Formación de la Comunidad de Madrid y qué requisitos hay que cumplir

El Cheque Formación está pensado para personas desempleadas menores de 30 años que residan en la Comunidad de Madrid y estén inscritas como demandantes de empleo en el momento de matricularse o reservar plaza. La cuantía cubre el coste de la formación hasta un máximo de 1.500 euros. Además, la concesión se tramita por orden cronológico de entrada, hasta agotar el crédito disponible de cada anualidad.

¿Cuáles son los requisitos? Aquí es donde suelen llegar los rechazos. El primer filtro es el económico: la unidad de convivencia no puede superar tres veces el IPREM calculado en 14 pagas. Con el IPREM mensual de 600 euros (referencia habitual en muchas ayudas), el umbral orientativo sería 25.200 euros al año en 14 pagas, aunque el cálculo final lo determina el propio procedimiento con los datos de renta.

El segundo filtro es el informe de idoneidad: es obligatorio aportar un informe firmado por el personal de orientación profesional de la oficina de empleo (Anexo IV) donde consten los datos del curso y la justificación de que encaja con el perfil del solicitante y mejora su empleabilidad. Sin ese documento, la solicitud se queda coja.

Y el tercero es el tipo de formación. El curso no puede ser gratuito para la persona beneficiaria, debe tener al menos 10 horas y no puede tener la consideración de jornada o congreso. Si la acción formativa está dentro de la oferta financiada con fondos públicos o del sistema oficial de enseñanza, la necesidad de la ayuda tiene que quedar motivada por orientación.

En cuanto a papeles, junto a la solicitud se pide, entre otros, la matrícula o reserva de plaza, la declaración responsable de composición e ingresos (Anexo II), un certificado de titularidad bancaria y un certificado de empadronamiento colectivo.

Plazos estrictos y pasos para solicitarlo en Cuenta Digital y cobrar la ayuda

El plazo es doble. Primero, solicitud: Hay 1 mes desde la fecha de matrícula o reserva, y se toma como referencia la fecha del justificante que presentes. Si se pasa, la administración puede denegar por extemporánea.

Segundo, cobro: el cheque no se paga al concederse sin más. Una vez finalizado el curso, hay que tramitar la justificación para que se abone la subvención, y el procedimiento fija un máximo de 1 mes desde que termina la actividad formativa para hacer ese trámite.

La presentación puede hacerse online desde la Cuenta Digital, con firma electrónica reconocida, adjuntando la documentación. También existe opción presencial para quien no esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. Si falta algún documento o hay errores, se abre un plazo de 10 días hábiles para subsanar, y si no se atiende el requerimiento, se puede tener por desistida la solicitud. Accede a nuestra sección de prestaciones para conocer otras ayudas formativas.

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