El Supremo avala retirar los días extra por desplazamiento en el permiso laboral de cinco días para cuidar a familiares.
El Tribunal Supremo ha dado la razón a TRAGSATEC en un conflicto sobre el permiso retribuido por hospitalización o enfermedad grave de familiares. El fallo respalda que la empresa elimine los días adicionales por desplazamiento cuando el cambio responde a la adaptación a la ley y el nuevo régimen de cinco días no reduce el contenido material del derecho reconocido a la plantilla.
Qué cambia en el permiso de 5 días por hospitalización de familiares tras la sentencia del Supremo
El artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores reconoce cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que exija reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho, familiares hasta segundo grado, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, y también de convivientes que necesiten cuidado efectivo. La norma actual ya no añade días extra por desplazamiento en este permiso. Ese plus de dos días por viaje sí sigue apareciendo en el permiso por fallecimiento regulado en la letra b bis).
La redacción vigente llegó con el Real Decreto-ley 5/2023, que amplió el número de días y el ámbito de personas protegidas para adaptar la legislación española al permiso para cuidadores previsto en la directiva europea.
En el caso que exponemos, el acuerdo interno de TRAGSATEC reconocía tres días naturales por estos supuestos y permitía llegar a seis cuando había desplazamiento. Tras la reforma de 2023, la empresa pasó a aplicar un permiso de cinco días laborables con independencia de que existiera viaje y amplió además las personas que podían dar derecho a pedirlo.
CCOO sostuvo que eliminar esos días añadidos exigía tramitar una modificación sustancial de condiciones de trabajo. El Supremo lo rechaza. La Sala entiende que la empresa no actuó por una decisión libre y unilateral, sino para acomodar su regulación interna a una norma legal imperativa. Por eso concluye que no era obligatorio abrir un periodo de consultas y que, además, el permiso no empeoró de forma real para los trabajadores.
Qué deben revisar ahora los trabajadores en su convenio antes de solicitarlo
La sentencia no abre la puerta a recortar cualquier mejora pactada sin más. La doctrina del Supremo se apoya en que el cambio venga impuesto por la adaptación a la ley y que no exista una pérdida material del derecho. De esa interpretación se desprende que cada caso deberá examinarse a la luz del convenio o del acuerdo de empresa que resulte aplicable.
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