Ayuda estatal para quienes agotaron el paro y cumplen requisitos de jubilación, salvo la edad: 480 euros al mes, cotización del 125% del tope mínimo y nuevo plazo general de tres meses desde el 1 de noviembre de 2024.
En vigor desde el 13 de marzo de 2019, el subsidio para mayores de 52 años del SEPE protege a personas desempleadas que han agotado la prestación contributiva y acreditan todos los requisitos de una pensión contributiva, excepto la edad. ¿Encajas en este perfil?
Quiénes pueden solicitar el subsidio para mayores de 52 años del SEPE y por qué
Para acceder hay que estar en desempleo, carecer de rentas propias superiores al 75% del SMI (888 €/mes en 2025), y mantener la inscripción como demandante durante un mes, sin rechazar ofertas ni formación y cumpliendo el compromiso de actividad. Además, se exige acreditar 15 años cotizados (dos dentro de los últimos quince) y seis años de cotización por desempleo. Aunque el requisito general recoge no tener la condición de fijo discontinuo, desde el 2 de marzo de 2022 este colectivo también puede acceder si cumple el resto. Estos son los supuestos que permiten el acceso:
- Haber agotado la prestación contributiva o un subsidio por desempleo.
- Ser emigrante retornado que trabajó al menos 12 meses en los últimos seis años en países no UE/EEE y sin derecho a prestación contributiva.
- Ser liberado de prisión sin derecho a prestación contributiva cuando la privación de libertad haya sido superior a seis meses.
- Haber sido declarado plenamente capaz o con incapacidad permanente parcial tras revisión de gran invalidez, absoluta o total para la profesión habitual.
- Estar en situación legal de desempleo sin derecho a contributiva, habiendo cotizado entre 90 y 359 días.
Se mantiene el “mes de espera”: tras agotarse la contributiva, hay que permanecer inscrito un mes. En el régimen anterior, la solicitud se presentaba en los 15 días siguientes a ese mes; desde el 1 de noviembre de 2024, el plazo general pasa a tres meses desde el agotamiento.
Puede tramitarse en todo el territorio estatal. Presencialmente, en oficinas de Empleo; en registros de la Administración General del Estado, comunidades autónomas o entidades locales con convenio; y en oficinas de Correos conforme a la normativa. También online, en la sede electrónica del SEPE.
Cuantía mensual, cotizaciones a jubilación y condiciones para fijos discontinuos
La cuantía es de 480 €/mes (80% del IPREM 2025). Durante su percepción, el SEPE o el Instituto Social de la Marina ingresan cotizaciones por jubilación con base del 125% del tope mínimo. Para fijos discontinuos: si son menores de 52 años y acreditan 180 o más días cotizados, el SEPE cotiza durante 60 días con base en el tope mínimo; si son mayores de 52, la cotización se realiza durante toda la percepción con base del 125% del tope mínimo. A continuación, mostramos los puntos importantes de la ayuda:
| Aspecto clave | Dato principal |
|---|---|
| Cuantía mensual del subsidio | 480 €/mes (80% del IPREM 2025) |
| Límite de rentas personales | 888 €/mes (75% del SMI 2025) |
| Base de cotización por jubilación | 125% del tope mínimo vigente |
| Fecha de creación del subsidio | 13-03-2019 |
| Plazo general para solicitar | 3 meses desde 01-11-2024 |
Si cumples requisitos y plazos, no te enredes: reúne la documentación, verifica tu demanda de empleo y tramítalo cuanto antes ante el SEPE. En caso de no poder optar a esta ayuda, puedes encontrar otras en nuestra sección de prestaciones.








