Los bancos en España han comenzado a enviar avisos a sus clientes: quienes no presenten cierta documentación antes de que termine mayo podrían ver sus cuentas bloqueadas. La advertencia, respaldada por el Banco de España, no es menor. Se trata de una medida legal amparada por la normativa de prevención del blanqueo de capitales, una ley que obliga a las entidades financieras a verificar la identidad de sus clientes y el origen de sus fondos.
El procedimiento no es nuevo, pero ahora se endurece. Según ha informado el propio Banco de España, el cierre o bloqueo de cuentas no es una decisión arbitraria. Para que se lleve a cabo, la entidad debe tener una causa justificada, avisar previamente al cliente y dar la oportunidad de presentar la documentación pendiente. Aun así, si no se cumple con los requisitos, el banco puede limitar la operativa de la cuenta: retirar efectivo, hacer transferencias o pagar recibos dejaría de ser posible.
¿Qué documentación piden los bancos?
En general, lo que solicitan las entidades financieras es bastante básico: una copia actualizada del DNI o NIE, información sobre la actividad económica del titular y, en algunos casos, la justificación del origen de los fondos. Estos documentos permiten a los bancos cumplir con lo que exige la Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
El problema, en muchos casos, surge porque los clientes no actualizan estos datos con el paso del tiempo o no responden a los requerimientos del banco. Si tras varios avisos no se entrega lo solicitado, la entidad está en su derecho de restringir el acceso a la cuenta.
¿Y si hay varios titulares en la misma cuenta?
Otro motivo que puede llevar al bloqueo de una cuenta es el desacuerdo entre cotitulares. Si los titulares o sus herederos emiten instrucciones contradictorias, el banco puede suspender la operativa hasta que se resuelva el conflicto. Esto puede suceder, por ejemplo, en cuentas compartidas por matrimonios en proceso de separación, o en herencias aun sin resolver.
¿Cómo recuperar el acceso si ya te han bloqueado?
En la mayoría de los casos, la solución es sencilla: basta con presentar la documentación pendiente. Una vez verificada, el banco suele restablecer el servicio sin mayores problemas. En casos más complejos, como los conflictos entre cotitulares, el desbloqueo puede requerir una resolución judicial.
Desde el Banco de España insisten en la importancia de mantenerse al día con los requerimientos legales. “El bloqueo de cuentas no es una sanción, sino una medida para proteger al sistema financiero y prevenir fraudes”, recuerdan en su web. Así que si tu banco te ha solicitado algún documento, mejor no lo ignores. Porque, esta vez, no es una amenaza: es una obligación legal.
¿Has recibido alguna notificación del banco en las últimas semanas? Si quieres conocer más información sobre otros trámites y gestiones, te recomendamos que visites nuestra web de la Comunidad de Madrid.