La Agencia Tributaria ha implementado nuevas medidas para intensificar la supervisión de las transacciones realizadas a través de plataformas digitales como Bizum y transferencias bancarias. Con estas armas se pretende luchar contra el fraude fiscal y garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Anteriormente, los bancos solo estaban obligados a informar anualmente sobre pagos superiores a 3.000 euros. Con la nueva normativa, las entidades financieras deben reportar mensualmente todas las transacciones comerciales efectuadas mediante Bizum, o transferencia sin importar la cantidad.
Los pagos entre particulares seguirán sin requerir declaración, siempre que no superen los 10.000 euros anuales. Estas modificaciones pretenden asegurar que todas las operaciones comerciales sean declaradas adecuadamente y reducir la economía sumergida. Autónomos y empresarios deben incluir todos los ingresos recibidos por Bizum en su declaración de la renta para evitar sanciones, que pueden oscilar entre 600 euros y el 50% de la cantidad no declarada.
Nuevas obligaciones para autónomos y empresarios respecto al Bizum y las transferencias
Con la eliminación del límite anterior de 3.000 euros, las entidades bancarias están ahora obligadas a informar mensualmente a Hacienda sobre todas las transacciones comerciales realizadas a través de Bizum, sin importar su cuantía. Esto implica que cualquier operación de carácter económico o profesional será conocida por la Agencia Tributaria, incluso si no alcanza cifras elevadas. Por lo tanto, autónomos y empresarios deben asegurarse de registrar y declarar correctamente todos los ingresos recibidos mediante esta plataforma para evitar posibles sanciones.
Además, es recomendable que los profesionales utilicen cuentas bancarias separadas para su actividad económica y personal, facilitando así la gestión fiscal y evitando confusiones en la declaración de ingresos. La falta de declaración de estos ingresos puede resultar en sanciones que varían entre 600 euros y el 50% de la cantidad no declarada. Así que, con todos estos datos sobre la mesa, más vale tener cuidado si no queremos llevarnos una sorpresa desagradable.
Límites y consideraciones para particulares
Para las transacciones entre particulares, se mantiene el límite de 10.000 euros anuales sin necesidad de declaración. Sin embargo, cualquier movimiento que supere esta cantidad deberá ser justificado ante la Agencia Tributaria. Los usuarios de Bizum y otras plataformas digitales tienen que estar al tanto de estos límites y deben conservar registros adecuados de sus transacciones para evitar inconvenientes fiscales.
En el caso de pagos en efectivo, desde 2021, el máximo permitido es de 1.000 euros para operaciones en las que una de las partes actúe en calidad de empresario o profesional. Para personas sin domicilio fiscal en España, este límite es de 10.000 euros. No respetar estos límites constituye una infracción administrativa grave, sancionada con una multa del 25% del importe pagado en efectivo.
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