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Inicio » Motor » Aviso DGT | Multa de 80 euros si no actualizas este documento

Aviso DGT | Multa de 80 euros si no actualizas este documento

Por Madridinforma
13 de marzo de 2023 a las 20:18
en Motor
Tiempo de lectura: 3 minutos
DGT

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En este caso hacemos referencia a los datos del carnet de conducir. Se deberá actualizar obligatoriamente en aquellas personas que cambien de domicilio. La DGT cuenta con un Reglamento General de Conductores, donde en su artículo 10 dice: “Cualquier variación de los datos que figuran en el permiso o licencia de conducción, así como la del domicilio de su titular, deberá ser comunicada por éste dentro del plazo de quince días, contados desde la fecha en que se produzca, a la Jefatura Provincial de Tráfico”. Por ello, en esta noticia hablamos sobre que infracción puedes cometer, la sanción correspondiente y los pasos para actualizar tus datos del permiso de circulación y/o conducción.

Cómo modificar los datos del carnet de conducir 

Pues bien, hacer un cambio de domicilio o de ciudad acarrea el realizar una serie de papeleos para llevar todo en orden y tener los datos siempre actualizados. Existe uno de esos trámites, que parece pasar desapercibido en ocasiones y puede suponer una multa de 80 euros. Nos referimos a un documento en concreto, el carnet de conducir. Es algo que en muchas ocasiones se nos pasa de largo y no hacemos los cambios oportunos a la hora de cambiar de ciudad o vivienda. Poe este motivo hay que avisar a la DGT de tal cambio para que las notificaciones lleguen correctamente. 

Además, este proceso de actualización no supone mucho tiempo y tan solo consta de uno o dos trámites. Uno, el propio carnet de conducir y otro es permiso de circulación, si tienes a tu nombre el coche. En el primer caso, el cambio es gratuito y no es necesario emitir un nuevo documento. Para ello, es necesario presentar el DNI, carnet de conducir, documento oficial donde se indique el domicilio y el impreso oficial si decides hacerlo de manera presencial.

En el caso del permiso de circulación, dicho cambio ha de ser resuelto por razones fiscales (ayuntamiento y consistorio local). Este cambio será vital para que luego se pongan en contacto si se diera una llamada a revisión. 

Formas de cambiar el domicilio

Para la realización de estas modificaciones, la DGT y los ayuntamientos dispone de 4 vías para dicho cambio de datos:

  • Internet: acceder a la web de la DGT con el sistema Clave o con certificado digital, DNI electrónico o Sistema Clave.
  • Presencialmente: Puedes ir al ayuntamiento o a la correspondiente Jefatura de Tráfico.
  • Por teléfono: llamando al consistorio local o al 060.
  • A través de la aplicación MiDGT.

Todos estos trámites tienen un plazo de 15 días desde que el cambio de domicilio. Por tanto si no comunicas dichos cambios estarás inmerso en una infracción por “no haber comunicado el titular del permiso de circulación y/o de conducción del vehículo si actual domicilio a los registros del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico”. La misma, es sancionada con 80 euros que puede reducirse a la mitad por pronto pago. No dejes de consultar todos nuestras publicaciones que realizamos a diarios relacionadas con más temas de actualidad.

Etiqueta ActualidadDGT

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