El aviso llega desde una ventanilla de la Seguridad Social y se extiende como la pólvora: bastan unas horas de trabajo durante las seis primeras semanas tras el parto, adopción o acogida para perder de golpe la prestación por nacimiento y cuidado de menor. ¿Sabías que la normativa es tan tajante? Pues hay más decisiones delicadas: el SEPE niega el subsidio para mayores de 52 años a los autónomos y los juzgados conceden jubilaciones aplicando la llamada “doctrina del paréntesis”.
Por qué la Seguridad Social extingue toda la prestación si se trabaja en las seis semanas obligatorias posteriores al parto
Alfonso Muñoz, funcionario del organismo, relata que ha atendido “varios casos” de padres que volvieron al empleo antes de tiempo y vieron cancelado por completo el cobro. La Ley exige disfrutar de las seis primeras semanas de forma ininterrumpida y a jornada completa. Saltarse esa cláusula supone la extinción total, sin posibilidad de recuperar las diez semanas voluntarias restantes.
La incorporación prematura implica no solo la suspensión del pago, sino la anulación de todo el derecho reconocido. Esto quiere decir que la Tesorería deja de abonar el subsidio desde el mismo día de la reincorporación y no permite solicitar el tramo voluntario más adelante. Ojo, las empresas también quedan expuestas a reclamaciones si instan al empleado a regresar antes de tiempo.
Antes de seguir, conviene recordar los pasos imprescindibles para no perder la ayuda:
- Solicitar el permiso indicando las seis semanas obligatorias de descanso completo y respetarlas sin excepción.
- Comunicar a la empresa el periodo voluntario restante (hasta diez semanas) y pactar si se tomará seguido o fraccionado.
- Evitar cualquier actividad laboral, incluso a tiempo parcial, durante la fase obligatoria.
Cumpliendo estos tres puntos, la prestación permanece intacta y se cobra con normalidad.
Motivos por los que el SEPE niega el subsidio para mayores de 52 años a los autónomos incluso cuando cumplen otras condiciones
Un asesor de prestaciones confirma que el Servicio Público de Empleo “en ningún momento” concede esta ayuda a trabajadores por cuenta propia. La normativa reserva el subsidio de mayores de 52 a personas sin empleo que provienen de relaciones laborales asalariadas, dejando fuera a quienes cotizaron en el Régimen Especial de Autónomos. Por tanto, la vía queda cerrada sin importar la edad ni las rentas.
Varios tribunales están otorgando pensiones contributivas a empleados que interrumpieron su cotización antes de jubilarse. Aplican la “doctrina del paréntesis”, que excluye periodos sin aportaciones para acreditar los quince años exigidos. Con ello, se protege a personas expulsadas del mercado laboral que, pese a los vacíos, alcanzan la antigüedad mínima tras “cerrar” el paréntesis.
A continuación se muestra un resumen comparativo de las tres situaciones descritas:
Prestación o ayuda | Organismo competente | Situación actual reseñada |
---|---|---|
Nacimiento y cuidado de menor | Seguridad Social | Se extingue al trabajar en las primeras seis semanas |
Subsidio mayores de 52 años | SEPE | Denegado a autónomos en cualquier caso |
Pensión contributiva (“paréntesis”) | Juzgados de lo Social | Concedida pese a años recientes sin cotizar |
Como ves, cada supuesto responde a reglas distintas y requiere la máxima atención. ¿Te queda alguna duda sobre tu caso en concreto? Siempre es recomendable consultar con la Seguridad Social o el SEPE antes de dar un paso que pueda costarte la prestación.