Mutualistas y titulares no mutualistas en alta podrán solicitar ayudas para eliminar barreras y adquirir medios técnicos entre el 01-12-2025 y el 31-12-2025. El organismo competente es el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
El Programa de Atención a personas con Discapacidad ofrece ayudas para la Autonomía Personal con ámbito estatal. El plazo de presentación estará abierto hasta el 31 de diciembre de 2025 y el plazo máximo de resolución es de 6 meses. Estas ayudas tienen un periodo de carencia de cuatro años.
Quiénes pueden solicitar las ayudas y requisitos para la autonomía personal MUGEJU 2025
Podrán ser beneficiarias las personas mutualistas y las titulares no mutualistas de MUGEJU que se encuentren en situación de alta. En cuanto a requisitos: se exige un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Además, debe acreditarse la necesidad de las obras o la procedencia de los medios o ayudas técnicas mediante informe detallado del personal especialista responsable de la asistencia, junto con memoria razonada y valoración de la ejecución en caso de obras. En los medios o ayudas técnicas, se requiere que no estén comprendidos en las prestaciones complementarias de la asistencia sanitaria de MUGEJU.
La convocatoria se abre el 01-12-2025 y finaliza el 31-12-2025. El plazo permanecerá abierto hasta el 31 de diciembre de 2025. ¿Cuándo se resuelve? El plazo máximo de resolución es de 6 meses. Estas ayudas incorporan un periodo de carencia de cuatro años.
La solicitud puede presentarse electrónicamente en la Sede Electrónica de MUGEJU o en el Registro Electrónico Común, REC de la Red SARA. También se admite presentación presencial en los registros de cualquier órgano de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas o de entidades locales con convenio, y en oficinas de Correos conforme a la normativa aplicable. Antes de presentar, conviene preparar la documentación mínima exigida:
- Solicitud debidamente cumplimentada.
- Última declaración del IRPF a la fecha de la solicitud, incluida, si se ha efectuado, la declaración complementaria o, en su caso, comunicación emitida o liquidación girada a efectos de devolución por la Administración Tributaria.
- Declaración responsable de las pensiones o prestaciones exentas o no sujetas a IRPF percibidas en el ejercicio fiscal correspondiente.
- Certificado de empadronamiento, salvo que MUGEJU haya obtenido la información de renta de los organismos competentes con autorización expresa.
Tras reunirla, podrá adjuntarse por los canales electrónicos indicados o entregarse presencialmente según las opciones anteriores.
Cuantías de las ayudas por tramos y grados de discapacidad en 2025
Las cuantías se fijan según los tramos expresados en euros y el grado de discapacidad. A continuación se detallan las cuantías:
| Tramo (euros) | Discapacidad 33%–64% | Discapacidad 65%–74% | Discapacidad 75%–100% |
|---|---|---|---|
| Hasta 242 | 770 € | 1.210 € | 1.650 € |
| De 243 a 482 | 660 € | 990 € | 1.310 € |
| De 483 a 722 | 550 € | 770 € | 1.100 € |
| De 723 a 1.022 | 440 € | 550 € | 880 € |
| Más de 1.022 | 220 € | 275 € | 440 € |
La cuantía aumenta con el grado de discapacidad y varía según los tramos indicados. ¿Qué tramo te corresponde? Dependerá de tu situación conforme a esta escala. Como referencia normativa, la convocatoria figura en el BOE, núm. 312, 27/12/2024. Organismo: Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Ámbito: Estado. En nuestra sección de prestaciones encontrarás otras ayudas de las que disponemos en España.









