El Ministerio de trabajo y los sindicatos han firmado el acuerdo para una nueva reforma del subsidio de desempleo. Entre las novedades más destacadas incluidas en la normativa se encuentra la eliminación del mes de espera para los parados que hayan agotado el paro. También se eleva la cuantía a 570 euros mensuales, respecto a los 480 euros que se viene cobrando desde el 1 de enero de 2024. Además, a partir de abril de 2025 cabe la posibilidad compatibilizar la prestación contributiva por desempleo con un sueldo de 1.350 euros al mes.
Mejoras en los subsidios por desempleo: cuantía, duración y compatibilidad
La ministra y vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, firmó con CC. OO. y UGT la norma con la que volverán a las Cortes para su aprobación. La reforma, que no ha sido firmada por las patronales, supone una mejora en las cuantías de los subsidios. Así, la ayuda ascenderá en los primeros seis meses al 95% del indicador de rentas múltiples (IPREM), fijado en 600 euros, por lo que será de unos 570 euros mensuales. El subsidio irá disminuyendo al 90% durante los siguientes seis meses (540 euros) y al 80% durante el resto de la duración de la prestación (480 euros).
Por otro lado, se elimina la reducción en la cotización del 125% en el subsidio para mayores de 52 años, que fue una de las derrotas del primer intento de reforma. Además, se suprime el famoso “mes de espera”, por lo que las personas que agoten el paro pueden solicitarlo desde el primer día. Y eso no es todo, ya que se amplía los beneficiarios que pueden solicitar la ayuda. Así, a los mayores de 52 años y menores de 45 años con cargas se suman trabajadores eventuales agrarios, los emigrantes retornados, víctimas de violencia de género o sexual y las personas sin cargas familiares.
¿Se puede compatibilizar con el trabajo?
La respuesta es sí. Si eres mayor de 52 años y percibes un subsidio por desempleo, podrás trabajar al mismo tiempo que cobras la ayuda. Eso sí, el contrato tiene que ser a tiempo completo e indefinido o temporal, ya sea a jornada completa o parcial, siempre que la duración sea superior a 3 meses. Además, con la reforma cabe la posibilidad de compatibilizar la prestación contributiva por desempleo con un sueldo de 1.350 euros al mes.
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