El tipo de despido y la fecha del contrato determinan si la indemnización es de 20, 33 o 45 días por año trabajado y su tope máximo.
El tipo de despido y la fecha de antigüedad del contrato son la clave para saber cuánto te corresponde. En función del caso, la indemnización puede ser de 20 días por año trabajado (con tope), 33 días por año (con otro tope) o un cálculo mixto de 45/33 días si el contrato es anterior a febrero de 2012. Si te han despedido o tu contrato termina y estás haciendo números, hay un punto que no falla: el cálculo exacto depende del tipo de despido y de la fecha de inicio.
Cómo se calcula la indemnización por los diferentes despidos que tenemos en España
En el despido objetivo (por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción), la indemnización que corresponde es de 20 días de salario por año trabajado. Además, existe un límite claro: el tope máximo es de 12 mensualidades, es decir, como máximo se cobra el equivalente a 12 meses de salario en concepto de indemnización. ¿Y si no llegas al año completo? Los periodos inferiores al año se prorratean, por lo que se ajusta el cálculo a los meses o días trabajados.
Cuando el despido se considera improcedente y el contrato es posterior al 12/02/2012, la indemnización pasa a ser de 33 días de salario por año trabajado. En este caso, el límite cambia: el tope máximo es de 24 mensualidades. Por tanto, aunque el cálculo por antigüedad diera una cifra superior, se aplica ese máximo.
Para contratos anteriores al 12/02/2012, la indemnización por despido improcedente se calcula de forma mixta, con dos tramos. Por un lado, el tramo anterior al 12/02/2012 se indemniza con 45 días por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades. Por otro lado, el tramo desde el 12/02/2012 se calcula con 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
A continuación mostramos una tabla que resume a la perfección los despidos aquí mencionados:
| Tipo de extinción o despido | Días de salario por año trabajado | Tope máximo |
|---|---|---|
| Despido objetivo (económico, técnico, organizativo, producción) | 20 días | 12 mensualidades |
| Despido improcedente (contratos posteriores al 12/02/2012) | 33 días | 24 mensualidades |
| Despido improcedente (contratos anteriores al 12/02/2012, tramo 1) | 45 días | 42 mensualidades |
| Despido improcedente (contratos anteriores al 12/02/2012, tramo 2) | 33 días | 24 mensualidades |
| Fin de contrato temporal (circunstancias de la producción) | 12 días | No indicado |
Fin de contrato temporal y finiquito: qué incluye cada concepto y qué no
En el fin de contrato temporal por circunstancias de la producción, la indemnización indicada es de 12 días de salario por año trabajado. Por tanto, no se calcula igual que un despido objetivo o improcedente. Y atención con un punto que suele generar confusión: la indemnización es independiente del finiquito. El finiquito puede incluir vacaciones no disfrutadas o salario pendiente, pero eso va aparte.
Puedes entrar en nuestra sección de empleo para conocer otros beneficios laborales.








